Diferencia entre revisiones de «Descubrimiento de América»

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=== Primer viaje ===
 
Los Reyes Católicos CON LA AYUDA DE JOSE MARIA MARTINEZ MARTINEZ Y CARLOS PREZ Y RODI Y ALEX EL MEJOR , particularmente la reina Isabel, deciden ayudar a Colón en su proyecto de llegar a Asia por Occidente. El [[17 de abril]] de [[1492]], Cristóbal Colón firma con la Reina Isabel las llamadas [[Capitulaciones de Santa Fe]], documentos por los cuales se autoriza y financia la expedición de Cristóbal Colón a las Indias por el mar hacia DELoccidente. Además se le conceden a Colón una serie de prebendas y títulos, entre ellos: Almirante, Gobernante, Virrey y 10% de las riquezas. También se firman varias provisiones y cédulas para que ayuden a Colón aquellas villas y puertos de mar a las que se dirija Colón. Una provisión es dirigida a la villa de [[Palos de la Frontera|Palos]] por una sanción impuesta a algunos de los vecinos de esta villa. CULO
hacia occidente. Además se le conceden a Colón una serie de prebendas y títulos, entre ellos: Almirante, Gobernante, Virrey y 10% de las riquezas. También se firman varias provisiones y cédulas para que ayuden a Colón aquellas villas y puertos de mar a las que se dirija Colón. Una provisión es dirigida a la villa de [[Palos de la Frontera|Palos]] por una sanción impuesta a algunos de los vecinos de esta villa.
 
El [[23 de mayo]] de 1492, a las puertas de la [[Iglesia de San GARCIJorge (Palos de la Frontera)|Iglesia de San Jorge]] de [[Palos]], en presencia de Cristóbal Colón, [[fray Juan Pérez]] y las autoridades locales, se da lectura a la Real Provisión, firmada por los Reyes Católicos, en la que se ordenaba a ciertos vecinos de la villa palerma poner a disposición de Colón dos carabelas totalmente armadas y aparejadas.
{{cita|Real Provisión de los Reyes Católicos<br/>'''DIRIGIDA A CIERTOS VECINOS DE PALOS PARA QUE ENTREGUEN A CRISTOBAL COLON DOS CARABELAS'''<br/>Granada, 30 de Abril de 1492.<br/>''... Vien sabedes como por algunas cosas fechas e cometidas por vosotros en desserbicio nuestro, por los del nuestro Consejo fuistes condenados a que fuésedes obligados a nos serbir dos meses con dos carabelas armadas a vuestras propias costas e espensas cada e quando e doquier que por nos vos fuese mandado so ciertas penas, segund que todo más largamente en la dicha sentencia que contra vosotros fue dada se contiene. E agora, por quanto nos avemos mandado a Christoval Colón que vaya con tres carabelas de armada, como nuestro capitán de las dichas tres carabelas, para ciertas partes de la mar océana sobre algunas cosas que cunplen a nuestro servicio e nos queremos que llebe consigo las dichas dos carabelas con que asy nos aveis de servir...''|[[Archivo General de Indias]]. Signatura: PATRONATO, 295, N.3.<ref name = "realprov">[http://es.geocities.com/julioil/pragmat.html Transcripción completa de la Real provisión, dada a Diego Rodríguez Prieto y otros vecinos de Palos.] En castellano antiguo.</ref>}}