Diferencia entre revisiones de «Derecho civil»

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El '''Derecho Civil''' es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones personales o [[patrimonio|patrimoniales]] entre [[persona]]s privadas, tanto [[persona física|físicas]moral] como [[persona jurídica|jurídicas]], de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de ''[[imperium]]''. Se le puede definir también, en términos generales, como el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones más generales y cotidianas de la vida de las personas, considerando a las personas en cuanto a tal, como sujeto de derecho, o como aquél que rige al hombre como tal, sin consideración de sus actividades peculiares; que regla sus relaciones con sus semejantes y con el Estado, cuando este actúa en su carácter de simple persona jurídica y en tanto esas relaciones tengan por objeto satisfacer necesidades de carácter genéricamente humanas.
 
Del mismo modo, en ocasiones se denomina Derecho civil al conjunto de normas incluidas dentro de un [[Código civil]].