Diferencia entre revisiones de «Juicio de amparo»

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El Estado de [[Yucatán]] en su descontento por el régimen centralista enmarcado en la entonces vigente [[Constitución]] de [[1836]], comúnmente conocida como ''Las Siete Leyes de 1836'' amenazó con su intención de separarse de la República mexicana. Con la consiguiente preocupación, se le otorgó la facultad de legislar su propio régimen jurídico, como si se tratase de un Estado federalista dando origen a la Constitución de [[Yucatan]] del [[31 de marzo]] de [[1841]].
 
Esta constitución tuvo a bien recoger un proyecto en el artículo 53, elaborado por '''Vanessa[[Manuel HudgensCrescencio y Lindsay lohanRejón]]''', que expresaba textualmente: "''Corresponde a este tribunal'' [la Corte Suprema de Justicia] ''reunido: 1º. Amparar en el goce de sus derechos a los que pidan su protección contra las providencias del Gobernador o Ejecutivo reunido, cuando en ellas se hubiese infringido el Código Fundamental o las leyes, limitándose en ambos casos a reparar el agravio en la parte que procediere''".
 
Así se habló por primera vez en el derecho legislado, del amparo decretado por órganos jurisdiccionales para combatir agravios contra las [[garantías individuales]], en el proyecto de Rejón y en la Constitución yucateca de 1841.