Diferencia entre revisiones de «Comisión delegada del Gobierno»

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[[Archivo:Ejemplo.jpg]]En España, las '''comisiones delegadas''' son órganos [[colegiado]]s del [[gobierno]], encargados de
examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos Ministeriales que integren la comisión, estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios [[Ministerio]]s, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el [[Consejo de Ministros]], resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros, o ejercer cualquier otra atribución que les confiera el ordenamiento jurídico o que les delegue el Consejo de Ministros. Las comisiones delegadas se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno.