Diferencia entre revisiones de «In dubio pro reo»

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Línea 7:
 
Aunque las reglas interpretativas del Derecho penal no son iguales a las del resto de ramas del Derecho, verbigracia, no está permitida la analogía extensiva que amplíe los supuestos penados por la ley (analogía ''in malam partem''), por lo general, el [[juez]] tiene libertad para optar por la interpretación que más se acerque, dentro de la literalidad, a la voluntad del [[legislador]], y sin tener que estar por ello sujeto a la norma ''in dubio pro reo''.
 
 
la verdad es que
 
==Véase también==