Diferencia entre revisiones de «Hecho jurídico»

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{{otros usos|hecho}}
Se denomina '''hecho jurídico''' en sentido amplio a un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del [[derecho]], es decir, se modifican ciertos estados jurídicos iniciales desde el punto de vista legal.
 
urídica|norma]] es un hecho jurídico.
Una [[norma jurídica]] parte siempre de un presupuesto de [[hecho]], para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del [[derecho]]. El presupuesto de hecho de la [[Norma jurídica|norma]] es un hecho jurídico.
Es importante distinguir, dentro de los hechos jurídicos en sentido ámplio, los llamados [[Acto jurídico|actos jurídicos]] y los hechos jurídicos en sentido estricto. Un hecho jurídico en sentido estricto no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un [[acto jurídico]], la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los [[Acto jurídico|actos jurídicos]] son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son [[Acto jurídico|actos jurídicos]]