Diferencia entre revisiones de «Municipio»

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Un '''municipio''' es una [[entidad subnacional|entidad administrativa]] que puede agrupar una sola [[localidad]] o varias; pudiendo hacer referencia a una [[ciudad]], [[pueblo (rural)|pueblo]] o [[aldea]], o a una agrupación de los mismos.
|concejo]]; encabezado por una institución unipersonal: el [[alcalde]] (en el [[Antiguo Régimen en España]] había un alcalde por el ''estado noble'' y otro por el ''estado llano''; y en las principales ciudades un [[corregidor]] designado por el rey). Por extensión, también se usa el término ''municipio'' para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de [[Estado]]s modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee su propios dirigentes [[representación|representativos]], [[elección|elegidos]] [[democracia|democráticamente]]. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia denominado ''[[concejo abierto]]''.
 
El municipio está compuesto por un [[territorio]] claramente definido por un [[término municipal]] de límites fijados (aunque a veces no es continuo territorialmente, pudiendo extenderse fuera de sus límites con [[exclave]]s y presentando [[enclave]]s de otros municipios); y la [[población]] que lo habita (regulada jurídicamente por instrumentos estadísticos como el [[padrón municipal]] y mecanismos que otorgan derechos, como el ''avecindamiento'' o ''vecindad legal'', que sólo considera [[vecino]] al habitante que cumple determinadas características -origen o antigüedad- y no al mero [[residente]]).
 
El municipio está regido por un órgano colegiado denominado [[ayuntamiento]], [[municipalidad]], [[alcaldía]] o [[concejo municipal|concejo]]; encabezado por una institución unipersonal: el [[alcalde]] (en el [[Antiguo Régimen en España]] había un alcalde por el ''estado noble'' y otro por el ''estado llano''; y en las principales ciudades un [[corregidor]] designado por el rey). Por extensión, también se usa el término ''municipio'' para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de [[Estado]]s modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee su propios dirigentes [[representación|representativos]], [[elección|elegidos]] [[democracia|democráticamente]]. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia denominado ''[[concejo abierto]]''.
 
En la [[Antigua Roma]], un ''[[municipium]]'' (palabra [[latín|latina]] que origina la castellana "municipio") era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias [[ley]]es; aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia en ella, sino por la posesión de la [[ciudadanía romana]], la condición de libertad o [[esclavitud]], etc.