Diferencia entre revisiones de «Licencia de software»

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Línea 14:
* Titular de los derechos de explotación: Es la persona natural o jurídica que recibe una cesión de los derechos de explotación de forma exclusiva del software desde un tercero, transformándolo en titular derivado y licenciante del software.
* Distribuidor: Es la persona jurídica a la cual se le otorga el derecho de distribución y la posibilidad de generar sublicencias del software mediante la firma de un contrato de distribución con el titular de los derechos de explotación.
 
 
patoo tkm!!
yesii!! ♥
 
==== Garantía de titularidad ====
Línea 128 ⟶ 124:
 
Este tipo de acuerdos son unilaterales pues el usuario no tiene más opción que aceptar o rechazar el contenido del mismo (en algunos países existen organizaciones de [[protección al consumidor]] que autorizan ciertas excepciones).
 
 
yesii...!!
 
==== Licencia de distribuidor ====