Diferencia entre revisiones de «Gloria al Bravo Pueblo»

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En cuanto al autor de la música, han surgido las más encendidas polémicas. Aunque oficialmente se tiene a Juan José Landaeta como el inspirador y compositor, algunos historiadores sostienen que el autor de la música fue don Lino Gallardo, quien fue autor de otras célebres canciones patrióticas. Así lo afirmaban los descendientes de Gallardo, entre ellos su hija Francisca de Paula Gallardo, quien tenía 76 años en 1881 y vivía entonces en Caracas. También lo consideraba así el artesano Quintín Rengifo, nacido hacia 1810 y quien en su niñez había sido alumno de Lino Gallardo. A pesar de los esfuerzos de historiadores-musicólogos como [[José Antonio Calcaño]], [[Juan Bautista Plaza]] y [[Rhazés Hernández López]], entre otros, la paternidad de la música del Himno Nacional no ha podido ser establecida de un modo totalmente fehaciente.
 
=== Establecimiento como Himno Nacional de Venezuela ===
Se quedaron con nada imbeciles xD jAJAJAJAJAJA hACKER nº1 :D
[[Imagen:Flag of Venezuela.svg|thumb|[[Bandera de Venezuela|Bandera actual de Venezuela]]]]
 
Pasado el período de la Independencia, este canto revolucionario siguió prendido en la mente del pueblo y se convirtió, por común aceptación, en la «canción nacional» aunque careciese de sanción oficial. El manuscrito de su música más antiguo que se conoce data de mediados del siglo XIX, según el historiador José Antonio Calcaño, quien lo reproduce en su libro ''La ciudad y su música''. En él no se menciona autor, pero figura como título lo siguiente: «''Núm. 1.- Violín. Canción Nacional: Gloria al Bravo Pueblo. Paso redoblado''».
 
En su número del [[18 de abril]] de [[1868]], el periódico caraqueño ''El Federalista'' reprodujo la letra del Gloria al Bravo Pueblo. El mismo periódico, al reseñar el día 20 de abril de ese mismo año las fiestas con que fue conmemorado el día anterior en la capital el 58º aniversario del 19 de abril de 1810, mencionaba que "en los salones de la Universidad y en presencia de numeroso público, antes de los discursos, una «música marcial» ejecutó varias piezas, entre ellas el Himno Nacional".
 
Por encargo del Presidente Guzmán Blanco, el Dr. Eduardo Calcaño, valioso compositor y músico, cumplió idóneamente la tarea de fijar el texto musical del Himno, lo cual hizo conservando la brillantez marcial de la melodía, sin pretender alterarlo ni darle otra expresión.
 
El 25 de mayo de 1881, el '''Gloria al Bravo Pueblo''' quedó consagrado definitivamente como Himno Nacional de Venezuela, por medio del siguiente decreto presidencial:
 
{{cita|Gral. Antonio Guzmán Blanco
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
 
Considerando:
 
 
Primero: Que debe perpetuarse en la memoria de los venezolanos todo lo que en la época de nuestra emancipación política contribuyó a la realización de sus triunfos.
Segundo: Que el Himno Nacional, conocido con el nombre tradicional de "Gloria al Bravo Pueblo", fue el canto patriótico con que los hijos de la [[Gran Colombia]] celebraban sus victorias y se alentaban en la adversidad.
 
Decreto:
:Artículo 1° - El Himno Gloria al Bravo Pueblo se declara Himno Nacional.
:Artículo 2° - Las bandas marciales de la Nación, en todos los actos y solemnidades públicas, lo tocarán en primer término y servirá para los saludos que se hagan los Cuerpos y Magistrados que representen a los altos poderes nacionales.
:Artículo 3° - Después de la marcha regular que sirve de honor al acto de colocación de la Bandera, las bandas marciales tocarán el Himno Nacional.''
:Artículo 4° - El Ministerio de Guerra y Marina queda encargado de la ejecución de este Decreto.
 
Dado, firmado de mi mano, sellado y refrendado por el ministerio de Guerra y Marina en el Palacio Federal de Caracas, a 25 de mayo de 1881, año 18° de la Ley y 23° de la Federación.
 
ANTONIO GUZMÁN BLANCO.
Refrendado
El Ministro de Guerra y Marina,
Eladio Lara}}
 
Después del decreto de 1881 y de las publicaciones del Himno Nacional que se hicieron en [[1883]] con motivo del centenario del nacimiento del Libertador, se elaboró en [[1911]] una nueva edición oficial en conmemoración del centenario de la independencia, que fue encomendada a Salvador Llamozas. En [[1947]], otra edición oficial fue confiada a Juan Bautista Plaza, «''...quien'' -escribe José Antonio Calcaño- ''hizo una buena labor de revisión del texto y le suprimió una introducción que le habían añadido antes y que no tenía razón de ser...''»
 
El artículo 13 de la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacionales del [[17 de febrero]] de [[1954]] determina del modo siguiente los casos en que debe ser tocado el Himno Nacional:
 
«1º: Para tributar honores a la Bandera Nacional.
 
2º: Para rendir homenaje al Presidente de la República.
3º: En los actos oficiales de solemnidad.
4º: En los actos públicos que se lleven a efecto en [[Estados Unidos de Venezuela|Estados Unidos y Territorios de la República]] para la conmemoración de las fechas históricas de la Patria, y en aquellos que determine el Reglamento de la presente Ley.
5º: En los casos que prevean otras leyes de la República».
 
 
En algunos actos de carácter cultural o cívico, el Himno, en vez de ser ejecutado musicalmente, es cantado por un conjunto coral. Las estaciones de radio y televisión solían iniciar y concluir sus emisiones con el Himno Nacional.
 
== Véase también ==