Diferencia entre revisiones de «Constitución Política de la República de Chile de 1980»

Contenido eliminado Contenido añadido
m Revertidos los cambios de 190.161.190.129 a la última edición de Javierito92
Línea 57:
{{AP|Congreso Nacional de Chile}}
El capítulo V (art. 46 a 75) establece un Congreso Nacional bicameral, con un Senado y una Cámara de Diputados, estableciendo la forma de elección de los miembros de los mismos y sus números, los requisitos e inhabilidades para desempeñar el cargo, las atribuciones exclusivas de cada rama y del congreso en su conjunto, el funcionamiento del congreso, las materias de ley y la formación de las mismas.
y no dice ni una wea
donde xuxa sale como re chucha se escoje el puto presidente
 
=== Poder Judicial ===