Diferencia entre revisiones de «Estafa»

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El núcleo del tipo penal de estafa consiste en el '''engaño'''. El sujeto activo del delito se hace entregar un bien patrimonial, por medio del engaño; es decir, haciendo creer la existencia de algo que en realidad no existe. Por ejemplo: se solicita la entrega de un anticipo de 500 [[euros]] como entrada para la adquisición de una vivienda en un conjunto residencial, inmueble que no existe.
Un ejemplo de estafa es la tienda de Officemax, te venden cosas usadas y las compras como nuevas y despues no quieren responder por su irresponsabilidad con el cliente, se lavan las manos como Pilato. Y un ejemplo claro de esto es con la mala administración que tiene officemax de mayaguez, y con lo mal que trata a algunos de sus empleados.
 
El bien [[jurídico]] protegido es el patrimonio o propiedad. Modernamente se considera que el término más apropiado es el de patrimonio, que consiste en una universalidad de derecho (universitas iuris), que se constituye por [[Activo financiero|activos]] y [[pasivo|pasivos]]. En términos generales, cuando como consecuencia de un engaño se produce la disminución del patrimonio por la aparición súbita de un pasivo en desmedro del activo, se ha lesionado el bien jurídico por medio de una estafa.