Diferencia entre revisiones de «Dominio público»
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'''Dominio público''' es un concepto utilizado en dos áreas del [[derecho]]: el [[derecho administrativo]] y el [[derecho de autor]].
==Derecho administrativo==
Por '''dominio público''' (también llamado '''demanio''') se entiende el conjunto de [[bien]]es y [[derechos]] de titularidad pública, destinados al uso público (como las calles, [[plaza]]s y [[camino]]s públicos), o a un servicio público (como un hospital público, un centro escolar público, las oficinas de un Ayuntamiento) o aquellos a los que una Ley califica como demaniales para impedir su apropiación por los particulares (como las playas, las aguas o las [[mina (minería)|minas]] y cuyo uso privativo, en su caso, requiere una [[concesión pública|concesión]], que sólo la [[administración pública]] puede otorgar.
Algunos [[ordenamientos jurídicos]] consideran que el dominio público está formado por aquellos bienes cuyo titular es una [[comunidad]]. En este sentido, las comunidades de regantes, de pastos, de bosques, etc., serían ejemplos de dominio público.
{{VT|Bienes de dominio público en España}}
==Derecho de autor==
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