Diferencia entre revisiones de «Fuentes del derecho»
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Los principios generales del derecho son fuentes secundarias del derecho. Según el criterio de la Suprema Corte Mexicana, a falta de precepto legal aplicable, el juzgador puede invocar como fundamento de su determinación los principios generales de derecho, como son el de economía procesal y celeridad en el procedimiento, los cuales se encuentran consagrados en el artículo 14 constitucional, no debiéndose entender su aplicación restringida a la materia civil, sino a todos los asuntos jurídicos, "por estimarse tales principios como la formulación más genérica de los valores establecidos por nuestro actual orden jurídico y cuya función no sólo es el llenar las lagunas de la ley, sino coadyuvar en la interpretación y aplicación del derecho".
=== Perú ===
En el [[sistema jurídico peruano]], encuadrado dentro de la [[Derecho continental|tradición romano-germano-canónica]], son fuentes del derecho, la legislación, la jurisprudencia, la costumbre y la doctrina.zz
== Referencias bibliográficas ==
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