Diferencia entre revisiones de «Conflicto limítrofe entre el Ecuador y el Perú»

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{{Cita|Respecto de esta Real Cédula de 1802 conviene observar que hemos tenido a la vista tres ejemplares impresos, todas de fuente peruana y ninguno de ellos concuerda con los otros, a saber: el que reproduce el doctor Galindo, el que se contiene en el volumen publicado en Brasil y el presentado en el alegato de Perú ante el gobierno de España en 1889 en la cuestión de límites con Ecuador.}}
 
===La Anulación de la Cédula de 1802===
 
El 28 de septiembre de 1812, el Consejo de la Regencia ordena pedir a Madrid el "Expediente sobre la erección del Obispado de Maynas y las Cédulas que se expedieron en 1805 acerca de los limites". No habia repuestas entonces el 13 de noviembre de 1812, salio un Decreto de la Cortes que anula lo dispuesto en la Cédula de 1802.
 
El 13 de septiembre de 1813 se dicta una Real Cédula de 1813 que remplaza la Real Cedula de 1802 y dice en su primer articulo que manda a entregar al Ordinario las nuevas Reducciones y Doctrinas que tuviesen mas de 10 años de antiguedad, proveyéndose en eclesiásticos seculares, conforme a las Leyes del Patronato. El 26 de septiembre de 1813, el Obispo de Mainas, fray Hipólito Sánchez Rangel comunica al Ministro de Ultramar que solo assisten los Religiosos de Quito en Maynas y dice ''es fuerza, pues, si se tratan de hacer justicia que se me ponga en otro Obispado que sea menos penoso.''
 
El 1 de mayo de 1814 el censo ejecutado por Sanchez Rangel Obispo de Maynas dice: en 58 Pueblos de los 90 de que se componia aquella Diócesis no habra más que 8 sacerdotes asistentes, que 3 existian en los extremos del Obispado: 3 en pequeños rios: 1 en el dilatado curso de los grandes rios Guallaga y Marañon; y ninguno en el Napo, Putumayo, Ucayale y Pastaza: esto es 60 Pueblos sin Párroco y abandonadas casi todas las Missiones. El mismo Obispo de Mainas, fray Hipólito Sánchez Rangel, exclamaba con triste despecho en 1813: “Desde que salieron los jesuitas de estas tierras no ha habido quien se contraiga a su fomento espiritual ni temporal; todos se han buscado a sí mismos. De esta proposición que es absoluta y de una eterna verdad se ha seguido naturalmente lo que estamos viendo y tocando con dolor, que ya no ha quedado cosa alguna de lo que aquellos padres establecieron y solo hay lo que produce la madre naturaleza.” El 27 de septiembre de 1814, Rangel el Obispo de Maynas pide la supreción del Obispado, cuya erección es nula por la falta de complimiento de la Real Cédula de 1802.
 
El 22 de febrero de 1815, Pasa al Consejo de Indias la Carta de Sanchez Rangel Obispo de Maynas con fecha de 28 de Enero de 1814. El Obispo Rangel prueba que ni por parte del Gobierno, ni de los Obispos limitrofes, ni de los P.P. de Ocopa, se a complido la Cédula de 1802
 
El 7 de febrero de 1816, el Presidente de Quito, Toribio Montes informa acerca de las Missiones de Maynas y dice: "He manifesto a V.E. en informes anteriores, que las Missiones del Marañon se hallan en un sensible atraso, faltándoles el número completamente Ministros evangélicos...Incluye a Maynas en los dominios de Quito "
 
En el año de 1816 el Rey de España da un Real Orden revocando y anulando lo decretado por la Real Cedula de 1802 y el 22 de septiembre 1816, el Presidente de Quito recibe los Expedientes relativos a la revocación y anulación de la Cédula de 1802. En el año de 1818 el Presidente de Quito decide nombrar a Don Juan Navas Gobernador de Quijos.
 
El 19 de junio 1818, en España el Consejo de Indias relata la historia de la creación del Obispado y Comandancia Militar de Maynas, la falta del complimiento de la Real Cédula de 1802 y la imposibilidad de complirlo.
 
El 22 de julio de 1818 el Presidente de Quito pide al Virrey del Perú la anulación y revocación de lo dispuesto en la Cédula de 1802. El 23 de agosto de 1818, el Virrey del Perú daba complimiento a la Real Orden de 1816, a que se devuelva plenamente la provincia de Maynas a la Presidencia de Quito.
 
=== Real Cédula de 1803 ===
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==== Maynas ====
Conformado por Amazonas y Loreto, nació como parte de la [[Real Audiencia de Quito]] desde 1563 y fue adscrita al [[Virreinato de Santa Fe de Bogotá]] recién en 1717, pero pasó a ser una gobernación directamente dependiente del [[Virrey del Perú]] o [[Virreinato del Perú]] después de 1802 por Real Cédula del [[15 de julio]] de [[1802]]. En el año de 1816 el Rey de España da un Real Orden revocando y anulando lo decretado por la Real Cedula de 1802 y el 22 de septiembre 1816, el Presidente de Quito recibe los Expedientes relativos a la revocación y anulación de la Cédula de 1802. El 22 de julio de 1818 el Presidente de Quito pide al Virrey del Perú la anulación y revocación de lo dispuesto en la Cédula de 1802. El 23 de agosto de 1818, el Virrey del Perú daba complimiento a la Real Orden de 1816, a que se devuelva plenamente la provincia de Maynas a la Presidencia de Quito.
 
=== Independencia del Perú ===
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=== Creación del Gobierno Politico y Militar de Loreto el 10 de marzo de 1853 ===
 
Al comienzo del año 1853, el Perú vuelve a exhibir la Cédula de 1802. Se apodera de la aldea de Nauta, al norte del rio Marañon. Desde Nauta abre un puerto y comienza a ocupar Pebas, Oran, La Laguna, Tarapoto, Pachira, Japaya, Belén, Sarayacu, Catalina y Sierra Blanca. Da reglás de colonizacion, crea magistraturas y corporaciones municipales. Para justificar esta invasión, elEl 10 de marzo de 1853 el Gobierno del Perú expidió un decreto creando el Gobierno Politico y Militar de Loreto, que comprendia, desde los limites del Brasil, todos los territorios situados al Norte y al Sur de los rios Amazonas y Marañon, asi como los que desaguan en ellos, conforme al principio de uti possidetis de 1810 adoptado por las Repúblicas americanas y en virtud de la Real Cédula de 15 de julio de 1802, que es la que disgregó tales territorios del Virreinato de Nueva Granada, devolviendoselos al de Perú sosteniendo su derecho sobre aquellos territorios que constituian la antigua Comandancia de Maynas. El enviado de Ecuador, Pedro Moncayo protesto el 18 de marzo de 1853 y reservo sus derechos.
 
=== Ecuador Declara Libre Navegación sobre rios Ecuatorianos el 25 de noviembre de 1853 ===
 
Como a reacción a la creación del Gobierno de Loreto, elEl 25 de noviembre de 1853 el Gobierno del Ecuador presentó al Congreso un proyecto de ley en que se declaraba libre la navegación por 20 años de los rios Chinchipe, Santiago, Morona, Pastaza, Tigre, Curaray, Huanaca y demás rios Ecuatorianos que descienden al Amazonas. Y el Gobierno del Perú por medio del Ministro Mariano José Sáenz protestó a su vez, invocando la citada Real Cédula de 1802, á cuya protesta contestó el Ministro Ecuatoriano Marcos Espinel el 9 de febrero de 1854, que esta Real Cédula no tenia fuerza legal, ni se habia cumplido, ni debido cumplirse. Lo unico que insiste complirse es el Tratado de Guayaquil de 1829 y en el Protocolo Pedimonte - Mosquera de 1830.
 
El Gobierno Peruano decretó en 1859, el bloqueo a las costas Ecuatorianas, a pretexto que la entrega que hizo el Gobierno Ecuatoriano, de terrenos en la región amazonico a los Tenedores Britanicos de los Bonos de la Deuda Inglesa, mediante el Contrato Icaza-Prichett.
 
=== Convenio Sobre la Deuda Inglesa ===
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La sesión se realizó en el Salón Azul de la Casa Blanca y fue presidida por el mandatario norteamericano Franklin D. Roosevelt, quien estuvo acompañado del Secretario de Estado Cordell Hull.
 
===Avance Peruano Sobre la Region Amazonica 1935 - 1940===
 
Las Fuerzas Armadas peruanas, particularmente su Marina fluvial, efectuó una serie de avances en la region amazónica, desde 1935, con lo cual, anticipó a la invasión masiva que se encontraba preparando para hacerla realidad, en 1941, como lo demostramos a continuación:
 
Febrero de 1935 - Un Destacamento peruano avanzó desde la boca del rio Curaray hasta Puerto Nashiño, situado frente al Destacamento ecuatoriano de Tarqui, en el mismo rio Curaray (extensión aproximada del avance: 180 kilómetros sobre el rió Curaray).
 
Octubre de 1935 - Destacamentos peruanos avanzaron desde la desembocadura del rio Morona, en el rio Marañon, hasta el Alto Morona, donde este rio no es navegable, estableciéndose frente a Yaupi, a una distancia de 18 kilómetros de esta guarnición ecuatoriana. ( Ocupando una extensión aproximada de 200 kilómetros ).
 
Febrero de 1936 - La guarnición peruana de Puerto de Arahna, en el rio Tigre, avanzó hasta Puerto Bartra, frente a la guarnición ecuatoriana de González Suárez, situanda en el punto donde el rio Tigre comienza a ser navegable (ocupando una extensión aproximada de 260 kilómetros sobre el rió Tigre).
 
Septiembre de 1936 - Destacamento peruanos, avanzaron desde Puerto Borja, en la desembocadura del rio Santiago, en el rio Marañon, hasta Cabo Reyes, en el mismo rio Santiago. ( Extensión del avence: aproximadamente 70 kilómetros). Debe anotarse, que hasta poco antes, en Puerto Borja autoridad civil ecuatoriana ( Teniente Politico ).
 
Mayo de 1938 - Avances desde Teniente Pinglo, en el rio Santiago, trazando una pica hasta Morona, llegando hasta la guarnición de Vargas Guerra, en el rio Morona. ( Distancia apoximada de avance: 85 kilómetros ).
 
Junio de 1938 - El 27 de este mes, Destacamentos peruanos, atacaron la guarnición ecuatoriana estacionada en Puerto Cisneros, en el rio Huasaga, afluente del Paztaza, quedando en libertad de surcar este rio.
 
Septiembre de 1940 - Destacamentos peruanos, estacionados en Nupatacaine, en el rio Marañon, construyen una trocha noroeste hacia el rio Zamora, estacionándose frente a la guarnición ecuatoriana de Cumbaritza situada a una distancia aproximada de 30 kilómetros de la población de Zamora. ( Dsitancia cubierta por este avance: 130 kilómetros ).
 
Octubre de 1940 - El Destacamento peruano de Cabo Reyes, en rio Santiago, avanzó por una trocha hacia rio Zamora hasta el rio Nangaritza, eludiendo la Cordillera del Condor e intentando penetrar al Callejón Interandino, en la vecindad de Gualaquiza y Zamora. ( Distancia aproximada, cubierta por este último avance: 45 kilómetros ).
 
== [[Guerra peruano-ecuatoriana]] (1941-42) ==