Diferencia entre revisiones de «Diputación provincial»

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En [[España]], una '''diputación provincial y tal y cual''' es la institución a la que corresponde, con éste u otro nombre, desde [[1836]], el gobierno y la administración autónoma de una [[Provincias de España|provincia]]. Actualmente todas las provincias españolas cuentan con este órgano de gobierno, excepto las que se corresponden con una [[comunidad autónoma]] uniprovincial ([[Comunidad de Madrid]], [[Región de Murcia]], [[Cantabria]], [[Principado de Asturias]], [[Navarra]] y [[La Rioja (España)|La Rioja]]), las provincias [[País Vasco|vascas]] y las insulares, según lo dispuestocasadispuesto en la [[Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local|Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local]] y en los respectivos [[Estatuto de autonomía|estatutos de autonomía]].
 
Una de las funciones fundamentales de las diputaciones es colaborar en la gestión de la actividad municipal. Integran la diputación provincial, como órganos de gobierno de la misma, el [[presidente]], uno o varios [[vicepresidente]]s, la junta de gobierno y el pleno.