Diferencia entre revisiones de «Legitimidad (política)»

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La '''legitimidad''', es un término utilizado en la [[Teoría del Derecho]], en la [[Ciencia Política]] y en [[Filosofía]] que define la cualidad de ser conforme a un [[mandato legal]], a la justicia, a la razón o a cualquier otro mandato cierto.<ref>[http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual?TIPO_HTML=2&TIPO_BUS=2&LEMA=leg%EDtimo Legítimo], RAE.</ref> El proceso mediante el cual una persona obtiene legitimidad se denomina '''[[legitimación]]'''.
 
En [[Ciencia Política]] es el concepto con el que se enjuicia la capacidad de un [[poder]] para obtener [[obediencia]] sin necesidad de recurrir a la [[coacción]] que supone al amenaza de la fuerza, de tal forma que un Estado es legítimo si existe un [[consenso]] entre los miembros de la comunidad política para aceptar la autoridad vigente. En este sentido el término tiene sus orígenes en el [[derecho privado]] [[derecho sucesorio|sucesorio]] y aparece vinculado a la política en relación con la [[Restauración|restauración monárquica]] tras la [[Revolución Francesa]]. Esta apelación inicial a criterios tradicionales como justificación ética del ejercicio personal del poder es aceptada por [[Max Weber]] como uno de los tres tipos de legitimidad junto con la legitimación carismática (los subordinados aceptan el poder en base a la santidad, heroísmo o ejemplaridad de quien lo ejerce) y la legitimación racional (los subordinados aceptan el poder en base a motivaciones objetivas e impersonales); convirtiéndola prácticamente en sinónimo de [[legalidad]].<ref name="Ig">Ignacio Molina, profesor de [[Ciencia Política]] de la [[Universidad Autónoma de Madrid]], ''Conceptos fundamentales de Ciencia Política'', Alianza Editorial. ISBN 84-206-8653-0.</ref>
 
== Legitimidad en términos jurídicos ==
Cuando una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley.
Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son tres: [[validez]], [[justicia]], y eficacia.
Esta legitimidad se subdivide en dos legitimidad formal y material.
La formal se entiende como el correcto proceder de los organos estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Juridico.
La legitimidad material es aquel consenso(reconocimiento)del pueblo creado en aprobacion de la ley creada o de la actuacion gubernamental.
 
== La validez ==
Se refiere a la manera en que la norma ha sido promulgada: una norma jurídica es válida cuando ha sido emitida por el órgano competente y no ha sido derrogada, e inválida cuando ha sido emitida por un órgano no competente o derrogada. Así, es inválida una ordenanza municipal del Ayuntamiento de [[Madrid]] que pretenda organizar el tráfico de la ciudad de [[Nueva York]], pero son válidas las ordenanzas del Ayuntamiento de [[Madrid]] para organizar el tráfico de esa misma ciudad.
La validez es expresable en términos más o menos formales y objetivos (“puede tal órgano emitir tal norma…”).