Diferencia entre revisiones de «Derecho indiano»

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=== Estatuto jurídico de los indígenas americanos ===
 
Desde el descubrimiento de América, se va perfeccionando el estatuto jurídico de los indígenas americanos, desde el primer momento se hace presente a la corona de Castilla que son vasallos libres de ésta y que excepcionalmente pueden ser sometidos a [[esclavitud]].
 
Desde el primer viaje de [[fabianCristóbal padillaColón]], donde llevara a los indios en presencia de los [[Reyes Católicos]], éstos ordenaron que una junta de teólogos dijera si eran esclavos o no y, después de 7 años de estudio y de arduo debate, esta junta determinó que eran libres. En el testamento de [[Isabel I de Castilla]], entre muchas otras cosas, le encarga encarecidamente a Fernando de Aragón y a [[Juana I de Castilla]] "''La Loca''", que los indios sean protegidos.
descubrimiento de América, se va perfeccionando el estatuto jurídico de los indígenas americanos, desde el primer momento se hace presente a la corona de Castilla que son vasallos libres de ésta y que excepcionalmente pueden ser sometidos a [[esclavitud]].
 
Desde el primer viaje de [[fabian padilla]], donde llevara a los indios en presencia de los [[Reyes Católicos]], éstos ordenaron que una junta de teólogos dijera si eran esclavos o no y, después de 7 años de estudio y de arduo debate, esta junta determinó que eran libres. En el testamento de [[Isabel I de Castilla]], entre muchas otras cosas, le encarga encarecidamente a Fernando de Aragón y a [[Juana I de Castilla]] "''La Loca''", que los indios sean protegidos.
 
Esta protección que solicitaba Isabel la Católica, se le aplica a los indígenas comunes (los caciques eran asimilados a nobles) aplicando por analogía el estatuto de los "rústicos y miserables" de Castilla que recogen las [[Siete Partidas]].