Diferencia entre revisiones de «Consejo comunal»
Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición |
m Revertidos los cambios de 190.73.89.222 a la última edición de Diegusjaimes |
||
Línea 5:
Si bien no es una idea nueva en Latinoamérica (en Uruguay, México y otros países se encuentran funcionando desde mucho antes), ya están siendo adoptados en la [[República Bolivariana de Venezuela]] y se esperaba que para el 2008 estuviera una nueva geometría nacional del poder y tuviera una gran importancia desde el punto de vista del nuevo país socialista que se estaba formando. Era una de las columnas vertebrales que conformaban los cinco motores para la construcción de la nueva República. Sin embargo en la derrotada reforma de 2007 la nueva geometría no fue aprobada y por lo tanto los Consejos Comunales quedaron tal como se iniciaron.
De
Por definición de la Ley de los Consejos Comunales promulgada en Venezuela en abril de 2006, el Consejo Comunal está conformado por tres instancias: Órgano Ejecutivo, la Unidad de Contraloría Social y la Unidad de Gestión Financiera (Banco Comunal).
==Terminología Comunal==
|