Diferencia entre revisiones de «Ministerio público»

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Línea 12:
En cuanto a su ubicación institucional, el Ministerio Público puede encontrarse:
# Inserto dentro del [[poder ejecutivo]], en cuyo caso el [[presidente]] o [[jefe de gobierno]] tiene facultades decisivas en su conducción, interviniendo en el nombramiento y destitución de sus autoridades y demás [[fiscal]]es (como sucede en el sistema [[México|mexicano]], [[Francia|francés]], [[Alemania|alemán]] y [[Estados Unidos de América|estadounidense]]).
# Incorporado en el [[poder judicial]], caso en el cual podría quedar supeditado a la [[Jurisdicción|función jurisdiccional]], pudiendo producirse cierta judicialización, confusión y burocratización en el ejercicio de sus funciones.
# Inserto en el [[poder legislativo]], pudiendo quedar el ejercicio de su función influida por la contingencia [[política]].
# Independiente de los [[separación de poderes|poderes del estado]], entendiéndose como un órgano que no responde ante alguno de los poderes clásicos en calidad de subordinado jerárquicamente (como sucede en el sistema [[Ministerio Público de Chile|chileno]] y [[Ministerio Público del Perú|peruano]]).
Línea 19:
* No desenvuelve actividad ''preventiva'' de la violación del [[orden público]], por lo que no realiza actividad de policía administrativa, de lo que se sigue que no pertenece a la [[poder ejecutivo|función ejecutiva]] o [[administración pública|administrativa]];
* No realiza actividad general, del tipo producción normativa, más allá de sus funciones internas para la aplicación del derecho (sin perjuicio de la [[doctrina de los actos propios]]), por lo que no es parte de la [[poder legislativo|función legislativa]];
* Realiza actividad de aplicación del derecho, del tipo ''represiva'' de las infracciones al orden penal, por lo que se sigue que su función es una "especie" que cae dentro de la [[poderPoder judicial|función judicial]], junto a los tribunales que ejercen [[jurisdicción]], sin ser actividad jurisdiccional propiamente dicha.
 
== Principios de actuación ==
Línea 97:
[[no:Generaladvokat]]
[[pt:Ministério Público]]
 
* Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia costarricense critica al [[Organismo de Investigación Judicial]] y al [[Ministerio Público de Costa Rica]] por uso de [[tortura]] e intimidación en contra de testigos. Artículo en periódico [[La Nación (Costa Rica)]], por el abogado [[Mauricio Brenes Loaiza]] [http://www.nacion.com/ln_ee/2009/febrero/20/opinion1879966.html]