Diferencia entre revisiones de «Historia de Gibraltar»

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== Siglo XX ==
En [[1909]] los británicos construyeron una cerca de siete pies de altura (la famosa "verja") consagrando la ocupación de más de 800 metros de [[istmo]] situado 1en metroel dentroterritorio delneutral. territorioDe esta forma Gibraltar se apropiaba de más de la mitad de un terreno cuya neutralización se había acordado en el siglo XVIII por parte de España y Gran britanicoBretaña.
 
[[Imagen:Gibraltar Border.jpg|thumb|right|250px|Paso fronterizo entre Gibraltar y España]]
ConSe siguió una política similar con respecto a las aguas territoriales, que de acuerdo con los términos del Tratado de Utrecht eran reconocidas como "''aquella área circundante a la colonia hasta la cual podían alcanzar los cañones de la fortaleza del Peñón''". A lo largo de los años estas aguas territoriales han sido incrementadas por el Reino Unido, basándose en lo establecido por la [[Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar]] que permite llegar hasta el límite de 12 [[milla náutica|millas náuticas]]. España ha considerado tal incremento como contrario a derecho, por cuanto contravenía los términos del Tratado de Utrecht, y por tanto no reconoce al Reino Unido más aguas que las del puerto de Gibraltar (cedido por el Tratado de Utrecht) ni más espacio aéreo que el situado sobre la vertical del Peñón.
 
Gibraltar, sin estatuto definido durante las primeras décadas de ocupación británica (en la era conocida simplemente como ''the Town and garrison of Gibraltar in the Kingdom of Spain'', ''la Ciudad y guarnición de Gibraltar en el Reino de España'') fue declarada en 1830 ''crown colony'' ([[colonia de la corona]]).
Con respecto a las aguas territoriales de acuerdo con los términos del Tratado de Utrecht eran reconocidas como "''aquella área circundante a la colonia hasta la cual podían alcanzar los cañones de la fortaleza del Peñón''". A lo largo de los años estas aguas territoriales han sido incrementadas por el Reino Unido, basándose en lo establecido por la [[Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar]] que permite llegar hasta el límite de 12 [[milla náutica|millas náuticas]].
 
Gibraltar, sin estatuto definido durante las primeras décadas de ocupación británica (en la era conocida simplemente como ''the Town and garrison of Gibraltar'', ''la Ciudad y guarnición de Gibraltar'') fue declarada en 1830 ''crown colony'' ([[colonia de la corona]]).
 
Durante la [[Guerra Civil Española]] (1936-39), miles de españoles, de ambos lados, se refugiaron en Gibraltar.
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Durante la [[Segunda Guerra Mundial]], Gibraltar fue la base de operaciones militares británicas entre el [[Atlántico]] y el [[Mediterráneo]], y un punto de escala vital para los convoyes aliados, ya que era uno de los pocos territorios de la Europa continental que se mantuvo libre de ocupación por las fuerzas del [[Eje Roma-Berlín-Tokio|Eje]] o sus aliados.
 
En 1938 se aprobó la construcción de un aeropuerto militar en el territorio situado entre la verja y el peñón. En 1941 se dio el visto bueno al trazado del aeropuerto, cuya pista de aterrizaje se introducía más de 800 metros en la bahía de GibraltarAlgeciras, en una interpretación unilateral hecha por Gran Bretaña del alcance de las aguas jurisdiccionales de la colonia, considerada ilegal por España a la luz de los términos del Tratado de Utrecht.
 
En 1946 y por el Capítulo XI de la [[Carta de las Naciones Unidas]], el Reino Unido registró a Gibraltar como "territorio no autónomo". Gibraltar fue incluido en la lista de territorios sometidos a descolonización, y por lo tanto dentro del ámbito de actuación del Comité Especial Encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (Comité de los 24). De acuerdo con los gibraltareños, la Carta de la ONU y el apartado 2º de la resolución 1514 (XV) garantizarían el derecho de autodeterminación de los gibraltareños. La postura española es diametralmente contraria, y se basa en primer lugar en el propio Tratado de Utrecht, que establece que ''Si en algún tiempo a la Corona de la Gran Bretaña le pareciere conveniente dar, vender o enajenar, de cualquier modo, la propiedad de la dicha Ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción antes que a otros para redimirla'', por lo que la culminación del proceso de descolonización se traduciría indefectiblemente en la retrocesión de la colonia a España; en segundo, en la misma resolución 1514 (XV) que al mismo tiempo que garantiza en su apartado 2º el derecho de los pueblos a disponer de sí mismos también afirma taxativamente en su apartado 6º que ''todo intento a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas''. Por todo ello, el gobierno español ha considerado a los gibraltareños como meros colonos en territorio español.
 
Los gibraltareños argumentan que la cuestión de la integridad territorial no es aplicable, puesto que Gibraltar es territorio británico y no español. Además, invocan el artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas (que establece que ''Los Miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio [...] se obligan [...] a desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y a ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas'') para justificar el gradual aumento de autogobierno (asunto que siempre ha sido rechazado por España como contrario a lo establecido en el Tratado de Utrecht y que motivó el cierre de la verja en 1969). Finalmente, se acogen al artículo 103 que establece que ''En caso de conflicto entre las obligaciones contraídas por los Miembros de las Naciones Unidas en virtud de la presente Carta y sus obligaciones contraídas en virtud de cualquier otro convenio internacional, prevalecerán las obligaciones impuestas por la presente Carta''. España, por su parte, niega que exista contradicción entre el Tratado de Utrecht y la Carta de las Naciones Unidas, acogiéndose de nuevo a la integridad territorial de España.
 
En su resolución 2231 (XXI), de 20 de diciembre de 1966 (texto [http://www.un.org/spanish/documents/ga/res/21/ares21.htm aquí], "Cuestión de Gibraltar"), las Naciones Unidas declararon: