Diferencia entre revisiones de «Genocidio»

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Línea 15:
La definición de genocidio plasmada en la Convención de 1948 ha sido acogida en el artículo 4 del Estatuto del [[Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia]], de [[1993]], el artículo 2 del Estuto del [[Tribunal Penal Internacional para Ruanda]], de [[1994]], y el artículo 6 del Estatuto de Roma de [[1998]], por el que se creó la [[Corte Penal Internacional]].
 
== Regulación jurídica ==
mary fgay--[[Especial:Contributions/200.37.75.54|200.37.75.54]] ([[Usuario Discusión:200.37.75.54|discusión]]) 02:43 13 feb 2010 (UTC)== Regulación jurídica ==
 
Según lo dispuesto por la [[Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio]], se entiende por genocidio cualquiera de los siguientes actos perpretados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso: