Diferencia entre revisiones de «Derecho de autor»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
m Revertidos los cambios de 189.142.70.231 a la última edición de 217.216.109.219
Línea 1:
[[Archivo:Copyright.svg|110px|thumb|El [[#símbolos|símbolo]] del ''copyright'' "©" es usado para indicar que una obra está sujeta al derecho de autor.]]
El '''derecho de autor'''andrea y diego se aman por siempre hasta que llegue una discordia (del [[Idioma francés|francés]] droit d'auteur) es un conjunto de [[norma jurídica|normas]] y principios que regulan los [[derecho subjetivo|derechos]] morales y patrimoniales que la [[ley]] concede a los [[autor]]es (los ''derechos de autor''), por el solo hecho de la creación de una obra [[literatura|literaria]], [[arte|artística]], [[ciencia|científica]] o didáctica, esté publicada o inédita.
 
El '''derecho de autor'''andrea y diego se aman por siempre hasta que llegue una discordia (del [[Idioma francés|francés]] droit d'auteur) es un conjunto de [[norma jurídica|normas]] y principios que regulan los [[derecho subjetivo|derechos]] morales y patrimoniales que la [[ley]] concede a los [[autor]]es (los ''derechos de autor''), por el solo hecho de la creación de una obra [[literatura|literaria]], [[arte|artística]], [[ciencia|científica]] o didáctica, esté publicada o inédita.
 
En el [[derecho anglosajón]] se utiliza la noción de ''copyright'' (traducido literalmente como "derecho de copia") que -por lo general- comprende la parte patrimonial de los derechos de autor ([[derechos patrimoniales]]).
 
Una obra pasa al [[dominio público]] cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la [[muerte]] del [[autor]] (''post mortem auctoris''). Por ejemplo, en el derecho europeo, 70 años desde la muerte del autor. Dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los [[derechos morales]].
Línea 131:
|enlaceautor=
|idioma=
}}</ref> afirma:vianey
 
 
{{cita|Desde una perspectiva cultural podemos preguntarnos si está justificado reconocer a personas individuales los derechos de propiedad sobre las expresiones. ¿ Por qué? La propiedad coincide con el derecho exclusivo y monopolista sobre el uso de una expresión. Ese derecho tal vez se atenúe, por ejemplo, cuando se trata de fines educativos; no obstante, el propietario tiene mucho poder para excluir a los otros del uso de una manifestación artística determinada. La consecuencia es que así se privatiza una parte sustancial de nuestra comunicación humana. Aquí defenderemos que no sólo se trata de un pequeño defecto en un sistema, por lo demás benigno, que se ha desbaratado por los “Jack Valenti” de principios de la década de 1980. No, el principio básico del copyright socava nuestra democracia.