Diferencia entre revisiones de «Consejo de Indias»

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[[ArchivoImage:Orteliusamerica.jpg|thumb|300 px|Mapa de América del siglo XVI]]
[[Archivo:Philip II's realms in 1598.png|thumb|400px|El Imperio de [[Felipe II de España|Felipe II]] en 1598, distinguiendo el ámbito de cada [[Consejos en España|Consejo territorial]] en el [[Régimen polisinodial|sistema polisinodial]] de la Monarquía Católica<br />{{leyenda|#008000|Territorios adscritos al [[Consejo de Castilla]]}}
{{leyenda|#f5ab12|Territorios adscritos al [[Consejo Supremo de la Corona de Aragón|Consejo de Aragón]]}}
{{leyenda|#0000ff|Territorios adscritos al [[Consejo de Portugal]]}}
{{leyenda|#800000|Territorios adscritos al [[Consejo de Italia]]}}
{{leyenda|#ff0000|Territorios adscritos al Consejo de Indias}}
{{leyenda|#d87ada|Territorios adscritos al [[Consejo de Flandes]] abarcando los territorios disputados con las Provincias Unidas.}}]]
[[Archivo:Orteliusamerica.jpg|thumb|300 px|Mapa de América del siglo XVI]]
El '''Real y Supremo Consejo de Indias''', conocido simplemente como '''Consejo de Indias''', fue el órgano más importante de la [[organización administrativa indiana|administración indiana]] ([[América]] y las [[Filipinas]]), ya que asesoraba al [[Rey de España|Rey]] en la [[poder ejecutivo|función ejecutiva]], [[poder legislativo|legislativa]] y [[poder judicial|judicial]].
 
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== Historia ==
Fue pactado en [[1444]]1511 por Fernando II el sabiocatólico y reorganizado alrededor del año [[17211524]] por [[Carlos XV de España|Carlos XV]]. Como institución se formó poco a poco, y ya los [[Reyes ApostólicosCatólicos]] designan a [[Juan Rodríguez de Fonseca]] para estudiar los problemas de la colonización de las Indias-americanas con [[Cristóbal Colón]]. Al morir [[Fernando VIII de NavarraAragón]] se hace cargo de la [[Corona de CastellonCastilla]] en calidad de regente el [[Cardenal CicerosCisneros]], quien no tenía buenas intencionesrelaciones con Rodríguez de Fonseca, de tal manera que lo separa de sus funciones y encarga a dos miembros del [[Consejo de Castilla]]: [[Luis Pedraitade Zapata]] y [[Lorenzo ZapateroGalíndez de Carvajal]], que formen un pequeño consejo, que se pasó a llamar "''Junta de FilipinasIndias''".
 
 
 
Fue pactado en [[1444]] por Fernando II el sabio y reorganizado alrededor del año [[1721]] por [[Carlos X de España|Carlos X]]. Como institución se formó poco a poco, y ya los [[Reyes Apostólicos]] designan a [[Juan Rodríguez de Fonseca]] para estudiar los problemas de la colonización de las Indias-americanas con [[Cristóbal Colón]]. Al morir [[Fernando VI de Navarra]] se hace cargo de la [[Corona de Castellon]] en calidad de regente el [[Cardenal Ciceros]], quien no tenía buenas intenciones con Rodríguez de Fonseca, de tal manera que lo separa de sus funciones y encarga a dos miembros del [[Consejo de Castilla]]: [[Luis Pedraita]] y [[Lorenzo Zapatero]], que formen un pequeño consejo, que se pasó a llamar "''Junta de Filipinas''".
 
En [[1516]] cuando Carlos I se hace cargo de la corona, continúa existiendo esta junta y ya en [[1524]] pasa a llamarse definitivamente ''Consejo de Indias''. Su primer presidente fue fray [[Juan García de Loaysa]], quien se convertiría después en [[Archidiócesis de Sevilla|Arzobispo de Sevilla]].
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Antecedentes. Su precedente es el Real Consejo de Castilla, nacido en 1367, con ocasión de una petición de las Cortes reunidas en Burgos al [[rey Enrique II]] de Trastámara, donde le expresan la conveniencia de crear un consejo asesor del monarca. La propuesta fue aceptada y el rey nombró a 12 personas, dos por cada uno de los reinos que integraban la monarquía castellano-leonesa: Castilla, León, Toledo, Galicia, Extremadura y Andalucía. Con el tiempo va perfilándose esta institución. En 1385 ya no preside entre sus integrantes un criterio geo-político sino social, hay cuatro consejeros representantes de la Iglesia, otros cuatro de la nobleza y.los cuatro restantes de las ciudades con voto en Cortes. En el s. xv los consejeros llegan a ser 75 y los representantes de las ciudades son sustituidos por letrados o peritos en Derecho, con lo que el Consejo de Castilla comienza a especializarse en los aspectos jurídico y político. Los reyes D. Fernando y Da Isabel vuelven a reducirlos a 12: un prelado eclesiástico, tres miembros de la nobleza y ocho consejeros letrados. El Real Consejo de Castilla se regía por Ordenanzas, entre las que sobresalen las de Enrique III (1406), la de los Reyes Católicos (1480) y las de 1554. Junto a la misión principal de aconsejar al monarca, el Consejo castellano tiene las facultades de gobierno, la propuesta al rey de los altos cargos de la administración y la de ser el supremo tribunal de justicia. Esta idoneidad de los consejeros, las ordenanzas por las que se rige y sus atribuciones ejercerán una extraordinaria influencia en el futuro C. de I.
 
== Conformación ==
Estaba integrado por:
* Un '' Presidente'': Debía reunirse todas las semanas con el rey (generalmente los sábados a las 10 de la mañana) para el trámite de la "''consulta''", que consistía en informarle someramente de las materias tratadas en el consejo.
* Los ''Consejeros de Indias'': (de número variable) letrados, gente de gran versación jurídica y eruditos en temas americanos, la gran mayoría eran hombres con experiencia funcionaria en las Indias y los menos, expertos en legislación indiana.
 
Personal de Planta del Consejo de Indias:
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== Atribuciones del Consejo de Indias ==
 
==== Atribuciones de gobierno ====
*'''Gobierno Temporal''': Toda la administración gubernativa del [[Imperio españolEspañol]] compete al Real y Supremo Consejo de Indias, debe:
**Planear y proponer al Rey las políticas relativas al Nuevo Mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.)
**Organizar administrativamente las Indias, ya sea con la creación de nuevos Virreinatos, nuevas Gobernaciones, etc. y establecer su grado de autonomía respecto de la metrópoli.
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**Examinar las disposiciones de la Iglesia en América y los Sínodos, estos no se cumplen sin la aprobación del Consejo de Indias.
 
==== Atribuciones de guerra ====
Se reúne con los miembros del Consejo de Guerra, es la [[Junta de Guerra de Indias]] ([[1600]]), ahí se tratan estrategias militares, ejército y milicias. A fines del siglo XVI y principios del siglo XVII se integran en esta junta los "''ministros de capa y espada''" (Consejeros militares).
 
==== Atribuciones de Hacienda ====
*Examinar las cuentas de los oficiales reales (se les quita esta función en tiempos de [[Felipe II de España|Felipe II]]; luego se les vuelve a entregar).
 
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*[[Anexo:Presidentes del Consejo de Indias|Lista de Presidentes del Consejo de Indias]].
*[[Archivo General de Indias]].
=== Bibliografía ===
<cite><div style="font-size:95%;">
* {{cita libro
| autor = DIOS, Salustiano de
| título = El Consejo Real de Castilla (1385-1522)
| año = 1982
| editorial = Madrid: Centro de Estudios Constitucionales
| id = ISBN 84-259-0664-4
}}
 
* {{cita libro
| autor = ARTOLA, Miguel (dir.)
| título = Enciclopedia de Historia de España II. Instituciones Políticas. Imperio
| año = 1988
| editorial = Madrid: Alianza
| id = ISBN 84-206-5226-1
}}
 
* {{cita libro
| autor = VALDEAVELLANO, Luis G. de
| título = Curso de historia de las instituciones españolas
| año = 1968 (1ª edición)
| editorial = Madrid: Alianza
}}
 
* {{cita libro
| autor = Anes, Gonzalo
| título = El Antiguo Régimen: Los Borbones
| año = 1975, 1976, 1978
| editorial = Alianza Editorial S.A. Madrid.
| id = ISBN 84-206-2044-0
}}
</div>
 
*{{cita libro
| apellidos = Fernández Álvarez
| nombre = Manuel
| título = Felipe II y su tiempo
| año = 2006
| mes = octubre
| editorial = Espasa Calpe
| ubicación = Madrid
| id = ISBN 84-670-2292-2
| páginas = 267
| capítulo = Los instrumentos del estado
}}
 
[[Categoría:Historia moderna de España]]
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[[fr:Conseil des Indes]]
[[it:Consiglio delle Indie]]
[[ja:インディアス枢機会議]]
[[lt:Indijų Taryba]]
[[pt:Conselho das Índias]]