Diferencia entre revisiones de «Independencia de México»

Contenido eliminado Contenido añadido
Rαge (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de 189.192.235.215 (disc.) a la última edición de Diegusjaimes
Línea 202:
 
''Restituida, pues, cada parte del Septentrión al ejercicio de cuantos derechos le concedió el autor de la naturaleza, y reconociendo por inajenables y sagrados las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituirse del modo que más convenga a su felicidad, y con representantes que pueden manifestar su voluntad y sus designios, comienza a hacer uso de tan preciosos dones y declara solemnemente por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es una nación soberana e independiente de la antigua España, con la que en lo sucesivo no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha en los términos que prescriben los tratados; que entablará relaciones amistosas con las demás potencias, ejecutando respecto a ellas, cuantos actos pueden y están en posesión de ejecutar las otras naciones soberanas; que va a constituirse con arreglo a las bases que en el Plan de Iguala y Tratados de Córdoba estableció sabiamente el primer jefe del Ejército Imperial de las Tres Garantías, y en fin que sostendrá a todo trance y con sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos (si fuere necesario) esta declaración hecha en la capital del imperio a 28 de septiembre de 1821, primero de la independencia mexicana.>''||Acta de Independencia}}
CHINGE SU MADRE DON MIGUE
 
== Reacciones del gobierno de España ==