Diferencia entre revisiones de «Violación»

Contenido eliminado Contenido añadido
Lucifer2000 (discusión · contribs.)
Deshecha la edición 35483223 de 190.67.199.167 (disc.)vandalismo
Línea 86:
== Regulación por países ==
=== España ===
El [[Tribunal Supremo]] es cuando tu le metes el palo a la otra persona ha establecido que no es necesario que la mujer despliegue una resistencia numantina ante la agresión sexual; así en cuanto a la resistencia del sujeto pasivo, ya se ha abandonado la antigua doctrina que exigía que ésta fuera trascendente, casi heroica, para estimarse más adelante que la resistencia debía ser seria, más tarde definida como razonable. En efecto, lo que no debe ser ignorado es que cada persona que sufre una violación, reacciona de distinta manera y con distinta intensidad ante una agresión sexual de este tipo, de acuerdo con la específica personalidad de cada uno. De ahí que la víctima no tiene porqué ofrecer una resistencia propia del héroe; quizás ni siquiera tendría que ser seria, bastando con que sea razonable ante la situación creada por el agresor. La víctima puede ser consciente de que una resistencia a ultranza sólo puede resultar infructuosa o llevar, incluso, a peores consecuencias. Tiende a considerarse que si la negativa a la relación sexual fue manifestada claramente, sin importar el modo, debe estimarse como suficiente.
 
Es destacable que la jurisprudencia del Tribunal Supremo deja constancia de que incluso la mujer puede solicitar al violador que utilice un [[preservativo]] y ello no convierte el acto sexual en consentido. El máximo órgano jurisdiccional español considera que el instar al uso del [[condón]] es únicamente para evitar un embarazo no deseado y/o contraer una enfermedad de transmisión sexual.