Diferencia entre revisiones de «Canon por copia privada (España)»

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La '''remuneración compensatoria por copia privada''' o '''canon por [[copia privada]]''' es una tasa aplicada a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad privada de gestión de [[derechos de autor]]:la [[SGAE]],algo totalmente ilegal ya que el único que puede recaudar impuestos,tasas y demas es el [[Estado]], en compensación por ellas apoyocopias recibidoque electoralmentese por partehacen de lossus artistas,indicando la hipocresia de la [[Sgae]] y enfadando a los votantes del partidotrabajos en el gobierno ya que este favorece a susámbito "amigos"privado.
 
Dicha tasa se incorporó por primera vez en la legislación española en la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, que introdujo el derecho a realizar copias privadas.<ref>[http://www.wipo.int/clea/docs_new/pdf/es/es/es015es.pdf LeyY 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual]</ref> En el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual española (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, durante el último [[V Legislatura de España|gobierno en funciones]] de [[Felipe González]]),<ref>[http://www.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.l1t2.html#a25 Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.]</ref> regula la pretensión compensatoria resultante de una afectación del derecho patrimonial de autores, editores, artistas, productores audiovisuales y fonográficos, cuando el comprador realiza copias para uso privado. La Ley obliga a ejercitar el cobro a través de las entidades de gestión colectiva ([[Sociedad General de Autores y Editores|SGAE]], [[Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España|AIE]] y [[Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales|AGEDI]]). Por ello se le denomina un "derecho de remuneración de gestión colectiva forzosa".