Diferencia entre revisiones de «Protectorado»

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al cuellar le guta la tula del burroo Un '''protectorado''' puede ser definido, en [[Derecho internacional]], como una modalidad de [[administración]] de territorios en la que por medio de un tratado entre uno o varios [[Estados]] protectores y un estado soberano o una entidad política que no alcanza a serlo por su escasa [[Sistema político| institucionalización]] y [[soberanía]], como era un grupo tribal o un principado feudal, acuerda que aquél o aquéllos puedan ejercer su protección en diversa medida, en particular, en lo relativo a las relaciones exteriores, a la defensa militar y al mantenimiento del orden interno. <ref> Ángel J. RODRIGO HERNÁNDEZ: [http://www.relacionesinternacionales.info/ojs/index.phpjournal=Relaciones_Internacionales&page=article&op=viewFile&path%5B%5D=140&path%5B%5D=126 La administración de territorios: del protectorado a la administración territorial internacional] (Revista Académica de Relaciones Internacionales, núm. 10, febrero de 2009, GERI – UAM ) </ref>
 
En otras palabras, es un Estado, forma de gobierno o territorio que es protegido diplomática o militarmente por un estado o entidad internacional más fuerte. En cambio por esa protección, el protectorado acepta algunas obligaciones especificadas, que varían dependiendo de la naturaleza real de la relación entre ambas entidades. En la [[ficción jurídica| ficción legal]], un protectorado es reconocido como estado autónomo al menos en potencia y generalmente mantiene alguna medida de soberanía y/o formas de gobierno y administración [[nativo| nativa]].