Diferencia entre revisiones de «Poder judicial de España»
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El '''Poder Judicial de [[España]]''' es el conjunto de [[Juzgado|Juzgados]] y [[Tribunal de justicia|Tribunales]], integrado por [[juez|Jueces]] y [[Magistrado|Magistrados]], que tienen la potestad de administrar [[justicia]] en nombre del Rey [[Rey de España|Rey]].
Exclusivamente a dichos Juzgados
También, en los casos en que la ley así lo permite, los Juzgados y Tribunales se encargan del conocimiento y decisión de asuntos que no suscitan contienda entre partes, en los denominados procesos de [[asunto no contencioso|jurisdicción voluntaria]], regulada actualmente en la [[Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881]]. Estos son principalmente la protocolización de [[testamento]]s ológrafos (escritos por el testador ''de su puño y letra'') y otros actos civiles que requieren intervención judicial.
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