Diferencia entre revisiones de «Persona jurídica»
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Se entiende por '''persona jurídica''' (o '''persona moral''') a
Es decir, junto a las [[Persona física|personas físicas]] existen también las ''personas jurídicas'', que son entidades a las que el [[Derecho]] atribuye y reconoce una [[personalidad jurídica]] propia y, en consecuencia, capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer [[obligación|obligaciones]] y ejercitar acciones judiciales.
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