Diferencia entre revisiones de «Servicio militar»

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=== Argentina ===
En la [[Argentina]] el Servicio Militar Obligatorio fue instituido en el año [[1901]] por el entonces Ministro de Guerra Pablo Richieri, mediante el Estatuto Militar Orgánico de 1901 (Ley N° 4.301), durante la segunda y última presidencia de [[Julio Argentino Roca]]. [[Archivo:Regimiento Patricios placa conscriptos.JPG|thumb|250px|Placa del Regimiento de Infantería 1 "Patricios".]]
En la [[Argentina]] el Servicio Militar Obligatorio fue instituido por jose oggier
en el año [[1901]] por el entonces Ministro de Guerra Pablo Richieri, mediante el Estatuto Militar Orgánico de 1901 (Ley N° 4.301), durante la segunda y última presidencia de [[Julio Argentino Roca]]. [[Archivo:Regimiento Patricios placa conscriptos.JPG|thumb|250px|Placa del Regimiento de Infantería 1 "Patricios".]]
 
La edad de los reclutas y el tiempo de su permanencia en el servicio varió con el tiempo. En sus comienzos, se reclutaba a ciudadanos de entre 20 y 21 años, y su duración era de 18 a 24 meses. En las décadas previas a su suspensión, se reclutaba a hombres de 18 años por un sistema de cupo variable por sorteo que los distribuía entre las tres fuerzas armadas. Era de hasta 14 meses de duración y se lo conocía popularmente como ''"Colimba"'', palabra que se supone estaba formada por un [[acrónimo]] en alusión de tres actividades frecuentes en los conscriptos ('''co'''rrer, '''lim'''piar y '''ba'''rrer). En el año [[1994]], el asesinato de un conscripto de 18 años, Omar Carrasco (véase "[[Caso Carrasco]]"), por otros dos soldados instigados por un oficial, puso en tela de juicio al Servicio Militar. A partir de este hecho, el maltrato a soldados en distintas guarniciones del país tomó estado público, y el 31 de agosto de 1994, durante el gobierno del presidente [[Carlos Menem]], se suspendió la ley del Servicio Militar Obligatorio. Debe señalarse que la conscripción militar no ha sido abolida. La Ley de servicio militar obligatorio sigue vigente; puede ser puesta en práctica en tiempos de guerra, crisis o emergencia nacional. Estas condiciones son definidas por las autoridades del Estado.