Zona Especial de Manejo Marino Costera la Zona Sur de Veraguas

Creada mediante RESUELTO ARAP No. 07 de 8 de agosto de 2008, donde se declara Zona Especial de Manejo Marino-Costera (ZEMMC) la Zona Sur de Veraguas, ubicada entre los distritos de Montijo, Soná y Mariato, que se incorpora al Programa de Manejo Costero Integrado de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), y pasa a jurisdicción del Ministerio de Ambiente de Panamá (MiAmbiente), en el año 2015, siendo la Dirección de Costas y Mares (DICOMAR) de MiAmbiente, la encargada de dar seguimiento. Esta Zona se crea, con el propósito de proteger los recursos marino-costeros, aumentar su productividad y mantener la biodiversidad de sus ecosistemas, a fin de mejorar la calidad de vida de las comunidades que dependen de dichos recursos. Para el cumplimiento de los objetivos del presente Resuelto, se establecerán las medidas de coordinación necesarias que aseguren un desarrollo social y económico de la Zona, mediante un Plan de Manejo Costero Integral que garantice la sostenibilidad de las recursos marino-costeros.[1]

Justificación de su creación editar

Que al sur de los Distritos de Soná y Mariato, ambos ubicados en la Provincia de Veraguas, se ha observado disminución en poblaciones importantes tanto de crustáceos, moluscos, como de peces; de igual forma, modificaciones de ecosistemas, pérdidas económicas considerables y conflictos entre los diversos usuarios sobre el uso, la ordenación y el manejo de los recursos, lo que representa una amenaza para la sostenibilidad de los recursos marino-costeros de esa área.

Que en comunidades costeras como Playa Malena, ubicada en el Corregimiento de Llano de Catival del Distrito de Mariato, desde finales de los años noventa y principios del año dos mil, la población ha tenido la iniciativa de conservar las tortugas marinas de esa área, al observar con gran preocupación la disminución de esta especie en sus playas.

Que existen algunas medidas de manejo, como el programa de conservación de Playa Malena, el cual tiene como objetivo la recuperación y protección de las poblaciones de tortugas marinas en las playas de Malena, Cascajilloso, Morrillo y Palo Seco; no obstante, este objetivo también debe incluir la recuperación de otras especies marino-costeras tanto de animales como vegetales que han sido afectadas negativamente.

Que tanto los usuarios directos, como los administradores, técnicos, científicos y conservacionistas, han manifestado que existe un aumento desmedido de la explotación de los recursos marino-costeros del área y que, para controlar esta situación, es preciso activar un proceso de manejo integrado, a fin de ordenar los diversos elementos que intervienen en la modificación de los ecosistemas marino-costeros y establecer un equilibrio entre ellos, lo que posibilita su conservación, recuperación, el manejo adecuado y sostenible de los mismos.

Que los artículos 119 y 120 de la Constitución Política de la República de Panamá disponen, respectivamente, que el Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas, y que el Estado reglamentará, fiscalizará y aplicará oportunamente las medidas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna terrestre, fluvial y marina, así como de los bosques, tierras y aguas, se lleven a cabo racionalmente, de manera que se evite su destrucción y se asegure su preservación, renovación y permanencia.

Que el artículo 94 de la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, modificado por el artículo 67 de la Ley No. 44 de 23 de noviembre de 2006, dispone que los recursos marinos-costeros constituyen patrimonio nacional, y su aprovechamiento, manejo y conservación estarán sujetos a las disposiciones que, para tales efectos, emita la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, exceptuando los recursos marino-costeros que se encuentren en las áreas protegidas bajo la jurisdicción de la Autoridad Nacional del Ambiente.

Que los numerales 2 y 28 del artículo 4 de la Ley No. 44 de 23 de noviembre de 2006 disponen que la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá tiene como función normar, promover y aplicar las medidas y los procesos técnicos a fin de proteger el patrimonio acuático nacional y de coadyuvar en la protección del ambiente, y establecer Zonas Especiales de Manejo Marino-Costeras en aquellas áreas geográficas marino-costeras, en donde se requiera un Manejo Costero Integral de los recursos acuáticos.

Que el numeral 15 del artículo 21 de la Ley No. 44 de 23 de noviembre de 2006, dispone que el Administrador General de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá tiene como función establecer la organización de la Autoridad y, en general, adoptar todas las medidas que estime convenientes para la organización y el funcionamiento del sector pesquero y acuícola, y para el manejo de los recursos marino-costeros.

Polígono de la Zona editar

El polígono que define la Zona Especial de Manejo Marino-Costera de la parte Sur de la provincia de

Veraguas consta de un área total aproximada de 534.6 millas náuticas cuadradas, que incluye la zona marino-costera de islas e islotes. El polígono incluye los siguientes puntos:

a. Punto # 1 que inicia en Punta Mariato en el distrito de Mariato que se encuentra en las coordenadas 07º 12.5’ N y 080º 53.0’ W; se continúa con una línea imaginaria por el rumbo 271º hasta encontrar el

b. Punto # 2 en las coordenadas 07º 12.5’ N y 081º 19.0’ W a una distancia de aproximadamente 27.0 mn; continúa una línea imaginaria por el rumbo 0º hasta encontrar el

c. Punto # 3 en las coordenadas 07º 38.5’ N y 081º 19.0’ W a una distancia de aproximadamente 26.5 mn; se continúa por la línea costera

d. Punto # 4 en Punta Brava (Santa Catalina) en las coordenadas 07º 36.25’ N y 081º 14.0’ W; se continúa por la línea costera que se define con el literal g hasta encontrar el

e. Punto # 5 en las coordenadas 07º 34.5’ N y 081º 16.0’ W a una distancia de aproximadamente 2.5 mn; sigue por una línea imaginaria con el rumbo 88º hasta encontrar el

f. Punto #6 en Punta Malena en el distrito de Mariato en las coordenadas 7º 34.75’ N y 080º 58.50’ W a una distancia aproximadamente de 16.25 mn. Hasta el borde costero como se define en el literal g.

g. En relación a la delimitación geográfica del Borde Costero, la misma deberá obedecer a los siguientes criterios atendiendo a una política de uso correcto de este borde:

1. En donde exista presencia de áreas de acantilados o zonas escarpadas se deberá utilizar como criterio 22.8 metros desde el límite superior de donde termina el acantilado hacia continente.

2. En los sitios donde haya presencia de manglares se deberá utilizar como criterio 50 metros de zona de amortiguamiento desde el límite exterior del manglar hacia continente

3. En los sitios donde exista presencia de playas el criterio a utilizar es 200 metros desde la línea de más alta marea hacia continente.

Plan de Manejo Marino Costero Integral editar

Para el cumplimiento de los objetivos del Resuelto, que declara la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, se deberán establecer las medidas de coordinación necesarias que aseguren un desarrollo social y económico de la Zona, mediante un Plan de Manejo Costero Integral que garantice la sostenibilidad de las recursos marino-costeros. Se establece el proceso de Manejo Costero Integral para la zona Sur de Veraguas, para el cual se debió diseñar el Plan de Manejo Costero Integral, a través de la Dirección General de Ordenación y Manejo Integral de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, con el apoyo de los actores y usuarios involucrados en el tema. A través del Proceso de Manejo Costero se debe ejecutar, fiscalizar, evaluar, monitorear y elaborar el plan de desarrollo y uso sostenible de los recursos marino-costeros del sitio. El Plan de Manejo debió ser elaborado en un período no mayor de dieciocho (18) meses a partir de la publicación del resuelto que crea la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, sin embargo, actualmente aún no se cuenta con un Plan de manejo, y se han presentado conflictos entre actores de la Zona, por prácticas de extracción de arena, tala de manglares y vegetación costera, proyectos de desarrollo en áreas costeras, principalmente en Morrillo, Mata Oscura, Malena, Cascajilloso, Puerto el Nance y Torio.

Comité Zonal editar

 
Taller de diagnóstico sobre el estado de la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, realizado en el año 2019 en el Restaurante Wajoo con autoridades del distrito de Mariato.

Desde el año 2008, que se crea la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, la autoridad regente en la zona (DE 2008 A 2015 ARAP, de 2015 a la actualidad MiAmbiente), debió establecer un Comité Zonal de la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, como un ente cívico coadyuvante de la Autoridad, en la planificación, cooperación, participación, seguimiento y formulación del desarrollo local relacionados con el manejo sustentable de los recursos acuáticos en esta Zona. Los integrantes de este Comité serían todos los sectores de la sociedad civil que estén involucrados en actividades de pesca, acuicultura y manejo de recursos marino-costeros de esta Zona. La constitución, conformación, funciones, deberes, derechos y obligaciones de este Comité será responsabilidad de sus integrantes, sin otras limitaciones que lo establecido en el presente resuelto, el plan de manejo de la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, las disposiciones de la autoridad regente y el ordenamiento jurídico vigente.

En el año 2019, luego de 11 años de la creación de la Zona, algunos sectores de la sociedad civil del distrito de Mariato, deciden organizarse para conformar el Comité Zonal de la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, convocando a diferentes sectores y haciendo participes del proceso, a instituciones como: ARAP, MiAmbeinte, Consejo Municipal de Mariato. Con el financiamiento de Fundación Agua y Tierra (FUNDAT), a través de fondos del PNUD-PPD y NCSC, se inicia un proceso de levantamiento de diagnósticos y talleres, facilitados por ICEPED, que culminan con la conformación del primer Comité Zonal en enero 2020, con participación de MiAmbiente en el proceso, logrando integrar los sectores; Turismo, agropecuario, transporte, pesca, ambiental, comercio y artesanos, siendo su primer presidente, el señor Diego Abrego.

Actualmente el Comité Zonal se encuentra en etapa de fortalecimiento y MiAmbiente está a cargo de su seguimiento, a través de la Dirección General de Costas y Mares (DICOMAR),

Proyectos de Conservación editar

Actualmente en la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, existen organizaciones locales, dedicadas a la conservación y manejo sostenible de los recursos naturales, y el desarrollo sostenible comunitario, entre las más destacadas podemos mencionar:

Organización comunitaria siglas sede enfoque
Asociación Conservacionista de Playa Malena ACOPLAMA Malena, Llano de Catival Conservación de tortugas marinas, ecoturismo, voluntariado
Asociación Agropecuaria de Pesca y Ecoturística de Quebro AAPEQ Rusia, Quebro Conservación de fauna y flora, agroturismo
Asociación MIxta Ambiental de Mata Oscura y Morrillo OBC AMAMM Mata Oscura, Quebro Conservación ambiental, servicios turísticos, artesanías
Asociación Juvenil Comprometidos con el Ambiente CHELONY Mata Oscura, Quebro Reciclaje, investigación, educación ambiental
Asociación Agropecuaria y de Pesca de Palo Seco AAPEPS Palo Seco, Llano de Catival Pesca Sostenible, ecoturismo
Fundación Agua y Tierra FUNDAT Mata Oscura, Quebro Conservación de tortugas marinas, ecoturismo, educación ambiental, investigación, voluntariado, gobernanza
Fundación ECOTORTU ECOTORTU Mata Oscura, Quebro Turismo comunitario, conservación ambiental

También dentro de la ZEMMC Zona Sur de Veraguas, apoyan en temas de manejo sostenible, otras ONG´s como: Fundación MarViva, FUNDEPROVE, ICEPED, AGUITURVE OBC y CIAM.

Referencias editar

  1. www.gacetaoficial.gob.pa https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/26121/12981.pdf |url= sin título (ayuda). Consultado el 30 de marzo de 2024.