Anexo:Acuñaciones 1870-1900 (Uruguay)

Acuñaciones de 1870-1900 refiere a las acuñaciones realizadas por la República Oriental del Uruguay en el período de tiempo comprendido entre los años 1870 al 1900.

Generalidades editar

Los diferentes gobiernos que se fueron sucediendo desde la independencia de la República intentaron orientar de buena forma el sistema monetario de la nueva nación. Llegamos entonces a la década de 1870 con una economía en la cual circulaban monedas de oro y plata de países extranjeros además de las monedas acuñadas en los diferentes gobiernos anteriores (monedas de cobre). Es entonces, con las acuñaciones realizadas en este período que se termina con la problemática de las monedas extranjeras (las cuales fueron eliminadas) y se consolida un sistema monetario nacional de plata que circularía durante mucho tiempo en la República Oriental del Uruguay.

Acuñaciones de 1877 editar

La acuñación fue ordenada por el Gobernador Provisorio Cnel. Lorenzo Latorre de acuerdo a la ley de 23 de junio de 1862, estableciendo la acuñación de piezas de 10, 20, 50 centésimas y 1 Peso en plata. Esta acuñación fue realizada en Francia en la Casa de Moneda de París por medio de contrato realización en la empresa Paullier Hnos. de Montevideo. Con esta emisión se retiran definitivamente de circulación las monedas de oro y plata provenientes del extranjero.

Características de las piezas acuñadas editar

Acuñaciones con fecha 1877[1]
Imagen Valor Características
Anverso Reverso Ley Peso legal Metal Módulo Ceca Cantidad
10 cent.
23 de junio de 1862
2,5 g
18 mm
plata
A-París
3.000.000
20 cent.
5 g
25 mm
1.217.026
50 cent.
12,5 g
33 mm
318.758
1 Peso.
25 g
37 mm
333.100
  • Existe una variante para la pieza de 10 centésimos de 1877 en la cual el ancla que figura en el anverso se encuentra invertida en comparación a las demás acuñaciones[2]

Peso del "Naufragio" (1878) editar

Cuando faltaban entregar la última partida de 100.000 pesos a la firma Paullier, el vapor francés que los transportaba, el vapor Paraná, naufraga en octubre de 1877 en las costas de Brasil. Con tal pérdida la firma Paullier no podía cumplir con el contrato por lo que los contratistas comunican al Gobierno que se le solicitaría a la Casa de Moneda de París la acuñación de otra partida de igual cuantía a la pérdida. Solicitaron además que se le aceptara, dentro de las mismas condiciones del contrato, la cantidad de monedas que se pudieran salvar del naufragio, ya que si esto sucediera sobrepasaría la cantidad estipulada en el contrato (1.000.000 de pesos). El Gobernador Latorre por medio de decreto de 13 de octubre de 1877 autoriza la petición de los hermanos Paullier, considerando que en el supuesto que se rescataran los 100.000 pesos esto no afectaría la circulación, al creer que eran necesarias muchas más monedas que las que consideraba la ley para satisfacer la demanda del mercado.[3]

Característica de la pieza editar

Peso del "Naufragio" 1878[1]
Imagen Valor Características
Anverso Reverso Ley Peso legal Metal Módulo Ceca Cantidad
10 cent.
23 de junio de 1862
2,5 g
18 mm
plata
A-París
10.000

Acuñaciones de 1893 editar

Bajo el mandato del presidente Dr. Julio Herrera y Obes se promulga la ley de 18 de octubre de 1892. Esta ley disponía la acuñación de monedas de plata similares a la serie anterior de 1877/78, por un monto total de tres millones de pesos en valores de 10, 20, 50 centésimos y un peso. Esta Ley además establecía en su artículo 8:

"Realizada en todo o en parte la acuñación que por esta Ley se autoriza, el Poder Ejecutivo prohibirá en todo el territorio de la República, la circulación de toda moneda de plata que no sea de cuño nacional"

[4]

Mediante esta ley entonces queda totalmente saneado el sistema monetario nacional, circulando únicamente monedas de signos nacionales.

Para realizar la acuñación se realiza un llamado de precios resultando ganador el Dr. Juan A Barriga residente en la República de Chile. Las monedas se ejecutaron en la Casa de Monedas de Chile pero los troqueles fueron realizados en París (Francia). Esta amonedación tuvo múltiples problemas de calidad y muchas de las monedas fueron devueltas por las autoridades a la Casa de moneda para su nueva acuñación. De los 289 cuños que se emplearon en los trabajos fueron inutilizados 253 por roturas y desgastes, lo que demuestra la mala calidad de los mismos.

Características de las piezas acuñadas editar

Acuñaciones con fecha 1893[1]
Imagen Valor Características
Anverso Reverso Ley Peso legal Metal Módulo Ceca Cantidad
10 cent.
18 de octubre de 1892
2,5 g
18 mm
plata
A-París
999.981
20 cent.
5 g
25 mm
749.988
50 cent. *
12,5 g
33 mm
499.985
1 Peso
25 g
37 mm
499.980
1 Peso *
25 g
37 mm
Bs. Aires
600.000
  • Debido a la mala calidad de los cuños no se llegó a realizar la cantidad establecida por la ley, por lo que se realizó nuevamente un llamado de precios para completarla. Este contrato se realizó con Agustín Casó y la amonedación fue realizada en la Casa de Moneda de Buenos Aires en valores de 50 centésimos y 1 peso. Las monedas de 50 centésimos son idénticas a las realizadas en Chile pero llevan la fecha 1894 como se verá más adelante, mientras que las de 1 peso se diferencian en el corte redondo del número tres de la fecha 1839.[5]
  • Existe una variante para la pieza de 10 centésimos de 1893 en la cual no figura la marca de ceca de la Casa de Moneda de Chile.[1]

Acuñaciones de 1894 y 1895 editar

De acuerdo al contrato celebrado con el Sr. Casó se realizó la primera entrega al gobierno de $ 200.000 en la fecha 16 de noviembre de 1893 y la última partida se entregó el 24 de febrero de 1894 con un valor de $ 100.000.

Faltaba aún la cantidad de 1.000.000 de pesos, por lo que se celebra un nuevo contrato con Alejandro Beisso. Este contrato se cumplió en su totalidad en la Casa de Monedas de Buenos Aires llevando el año 1895 siendo estas idénticas a las realizadas en Chile. Estas piezas fueron puestas en circulación por decreto de 8 de abril de 1895.

Características de las piezas acuñadas editar

Acuñación con fecha 1894[1]
Imagen Valor Características
Anverso Reverso Ley Peso legal Metal Módulo Ceca Cantidad
50 cent.
18 de octubre de 1892
12,5 g
33 mm
plata
Bs. Aires
800.000
Acuñaciones con fecha 1895
1 Peso.
18 de octubre de 1892
25 g
37 mm
plata
Bs. Aires
1.000.000

Véase también editar

Referencias editar

  1. a b c d e Catálogo de monedas de Uruguay, Página 15
  2. Catalogo de monedas de Uruguay, Página 14
  3. La Patria a través de las monedas, Página 10
  4. La Patria a través de las monedas, Página 11
  5. La Patria a través de las monedas, Página 12

Bibliografía editar

  • Marcos Silvera Antúnez (2002). Catálogo de Monedas del Uruguay 1831-2002. Montevideo: Ediciones el Galeón. 
  • Araújo Villagrán (1959). La Patria a través de las monedas. Montevideo: Impresora Uruguaya SA. 

Enlaces externos editar