Constitución de la República Democrática del Congo

La Constitución de la República Democrática del Congo es la norma jurídica suprema que rige a la República Democrática del Congo. La Constitución de este Estado ha sido cambiada o reemplazada varias veces desde su promulgación por primera vez en 1960.

Constitución actual editar

La República Democrática del Congo está ahora bajo el régimen de la Constitución que fue aprobada en un referéndum con el pueblo congoleño y promulgada el 18 de febrero de 2006[1]​ por el Presidente Joseph Kabila. Es la sexta Constitución de la República Democrática del Congo desde 1960.

Disposiciones generales editar

Las nuevas subdivisiones políticas fueron llevadas por esta Constitución. El país está dividido en 25 provincias y la capital Kinsasa, esta división debe estar echa 36 meses después de la instalación oficial del Presidente electo, que se produjo el 6 de diciembre de 2006. El lema del país también viene en la constitución:


Pluralismo político editar

Crear y pertenecer a un partido político es un derecho civil y político de todos los congoleños. Los partidos políticos deben obedecer la ley de partidos políticos, respetar el orden público y operar según los "buenos modos". Los partidos reciben subsidios del gobierno para sus campañas electorales. Tener un sistema de un partido es expresamente inconstitucional.

Nacionalidad y ciudadanía editar

La ciudadanía congoleña es exclusiva. Por lo tanto es imposible en teoría tener doble nacionalidad. Cualquier persona perteneciente a una etnia que viva en el actual territorio del Congo es un ciudadano congoleño.
Cualquier ciudadano congoleño que no haya perdido sus derechos políticos, en virtud de una decisión judicial, o en virtud de la ley, es un ciudadano congoleño.

Derechos y deberes editar

Los derechos Civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y colectivos, así como los deberes de todos los ciudadanos congoleños, se definen en el artículo II de la constitución en el apartado de derechos y deberes. El artículo II establece también que la ignorancia de la ley no es una defensa válida en la corte, o en cualquier lugar.
La nueva Constitución limita el matrimonio, en el artículo 40, como el derecho a "casarse con una persona del sexo opuesto de su elección y crear una familia", por lo tanto, prohíbe el matrimonio homosexual.

Enmiendas editar

En enero de 2011, se revisó la Constitución y se decidió modificar 229 de sus artículos. Algunos artículos cambiados:

  • Artículo 71: el Presidente de la República es elegido por mayoría simple y no con la mayoría absoluta, en una primera elección o en otra segunda vuelta electoral.
  • Artículo 110: Un mandato parlamentario es obtenido cuando una función política incompatible llega a su fin.
  • Artículo 126: Todavía no se han modificado pero están en proceso
  • Artículo 149: Todavía no se han modificado pero están en proceso
  • Artículos 197 y 198: Todavía no se han modificado pero están en proceso
  • Artículo 218: el Presidente de la República podrá convocar al pueblo en un referéndum.
  • Artículo 226: La transición de 11 provincias a 26 provincias se determinará por una ley, y no se ha fijado ningún límite de tiempo en la Constitución.

Referencias editar

Bibliografía editar

  • Reyes Lugardo, Marco A.: La transición política y la nueva constitución de la República Democrática del Congo. Estudios de Asia y África, vol. XL, núm. 3. El Colegio de México, A.C. Distrito Federal, México, septiembre-diciembre, 2005, pp. 687-708