Discusión:Iuris tantum

Los aportes que realice (en caso de que los reviertan) son: 1. Quien hizo la definición omitió referirse a las presunciones que recaen sobre derechos, el texto solo se refiere a "...probar la no existencia (cambie por inexistencia que es mas apropiado) de un hecho"...

2. Aclaré el concepto de presunción iuris et de iure, que era impreciso diciendo que son "de pleno y absoluto derecho, presunción que no admite prueba en contrario."

Por último, pienso que los ejemplos dados son muy engorrosos, y lejos de ayudar a entender el concepto, son ejemplos de los cuales se debe tener un conocimiento previo importante sobre la materia del derecho, sería aconsejable que se utilizaran ejemplificaciones más claras y precisas para comprender el concepto sin tener que entrar en otros conceptos más complejos. A mi parecer muy mal seleccionados los ejemplos y por demás confusa su explicación.

Algunos ejemplos que aporto podrían ser: la buena fe del poseedor de cosas muebles, la firma de un documento, la legitimación del portador de un título de crédito, ...

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