Escucha telefónica

espionaje de comunicaciones telefónicas
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Una escucha telefónica, grabación telefónica clandestina, pinchazo telefónico, intervención telefónica (en México), interceptación telefónica, chuponeo (en el Perú) o chuzada (en Colombia),[1]​ es el monitoreo de una conversación telefónica por parte de una tercera persona, usualmente de forma encubierta. El término escucha se extiende a intercambio de información a través de redes informáticas. La escucha telefónica por parte de la policía u otras fuerzas gubernamentales reconocidas puede ser considerada una escucha telefónica legal según la normativa.

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Dispositivo de control de línea telefónica "Jitka", usado a finales de los 1960s por la StB checa para señalar el uso de una línea y conectar un grabador

Las escuchas telefónicas son estrictamente controladas en muchos países para salvaguardar la privacidad de los individuos. Sin embargo, en ciertas jurisdicciones como Alemania, las cortes pueden aceptar como prueba conversaciones telefónicas ilegalmente grabadas sin el consentimiento de las partes. En los Estados Unidos, las agencias federales pueden ser autorizadas en ciertas circunstancias para realizar escuchas por parte de la United States Foreign Intelligence Surveillance Court, una corte con procedimientos secretos. Incluso en México, donde la intervención telefónica era más común, ahora existen leyes desde el 2008 que describen el uso de conversaciones privadas como una violación de la privacidad si las partes involucradas no se les dio consentimiento.[2]​ En España, la intervención telefónica se regula en el artículo 39 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.[3]

Muchas organizaciones graban sus conversaciones telefónicas para poder probar lo que fue dicho, para entrenar a su personal o monitorear el rendimiento. Esta actividad puede no ser considerada como escucha telefónica en algunas, aunque no todas las jurisdicciones, porque es hecha con el conocimiento de al menos una de las partes intervinientes en la conversación telefónica. Las leyes que regulan la grabación de conversaciones telefónicas en algunos sitios requiere que solo una de las partes esté al tanto de la grabación, mientras otros exigen que ambos estén advertidos. Se considera una buena práctica anunciar al principio de una llamada que la conversación está siendo grabada.

En Perú la escucha telefónica se recurrió irregularmente a la largo de su historia, por Vladimiro Montesinos Torres[4]​ empresas durante el gobierno de Alejandro Toledo[5]​ y otros.[6][7][8]​ En el ámbito legal, por Ley N° 27697 se permite la supervisión de llamadas bajo mandato judicial.[9]

Véase también

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Referencias

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  1. ««chuponeo», «pinchazo» y «chuzada» no necesitan cursiva | FundéuRAE». www.fundeu.es. 23 de junio de 2014. Consultado el 6 de julio de 2023. 
  2. «Intervenciones en las Comunicaciones Telefónicas y Derechos Fundamentales». Archivado desde el original el 21 de enero de 2022. Consultado el 14 de noviembre de 2020. 
  3. «BOE.es - BOE-A-2014-4950 Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.». www.boe.es. Consultado el 23 de noviembre de 2021. 
  4. «Presidente Humala dice Gobierno de Perú se mantiene sólido pese escándalo policial». Reuters (en inglés). 18 de noviembre de 2013. Consultado el 25 de octubre de 2023. 
  5. «Más de diez empresas realizarían chuponeo ilegal de comunicaciones». Correo. 17 de septiembre de 2003. Archivado desde el original el 19 de septiembre de 2003. Consultado el 25 de octubre de 2023. 
  6. PERU21, NOTICIAS (20 de septiembre de 2020). «Las escuchas telefónicas y el mercado del espionaje en el Perú | martin vizcarra | POLITICA». Peru21. Consultado el 25 de octubre de 2023. 
  7. «Así funciona Constelación, el sistema de escucha telefónica de la Dirandro». El Comercio. 30 de noviembre de 2011. ISSN 1605-3052. Consultado el 25 de octubre de 2023. 
  8. Tola, Raúl (28 de abril de 2017). «Decenas de escuchas telefónicas cercan al expresidente peruano Ollanta Humala». El País. ISSN 1134-6582. Consultado el 25 de octubre de 2023. 
  9. García Hernán, Enrique (15 de junio de 2010). «Persia en la acción conjunta del papado y la monarquía hispánica. Aproximación a la actuación de la Compañía de Jesús (1549-1649)». Hispania Sacra 62 (125): 213-241. ISSN 1988-4265. doi:10.3989/hs.2010.v62.i125.248. Consultado el 25 de octubre de 2023.