Diferencia entre revisiones de «Presidente de Chile»

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== Antecedentes ==
Durante la [[La Colonia (Chile)|época colonial]], los [[Gobernador de Chile|gobernadores]] fueron denominados "[[presidente]]s" debido a la función de presidir la [[Real Audiencia de Chile|Real Audiencia]] que tenían asignada, de acuerdo a las [[Leyes de Indias]].<ref>Ordenanzas de la Real Audiencia de Concepción de 18 de mayo de 1565. <br />Ordenanzas de la Real Audiencia de Santiago de Chile de 17 de febrero de 1609.</ref> El primer "''Presidente de Chile''" fue [[Melchor Bravo de Saravia]], presidente de la [[Real Audiencia de Concepción|Real Audiencia]] con sede en [[Concepción (Chile)|Concepción]], desde [[1568]] hasta su disolución en [[1575]].<ref>Al pie del retrato de [[Melchor Bravo de Saravia]] publicado por [[Alonso Ovalle]] en "Árboles de las descendencias de las muy nobles casas y apellidos de los Rodríguez del Manzano, Pastenes y Ovalle" se señala "''Doctor Saravia primero Presidente de Chile''"</ref>
 
[[Archivo:Ohiggins.jpg|155px|thumb|left|[[Bernardo O'Higgins]]]]
== Requisitos para desempeñar el cargo == son tontos
En [[1609]] se restableció la [[Real Audiencia de Santiago|Audiencia]] en [[Santiago de Chile|Santiago]], y con ella el oficio de presidente –con [[Alonso García de Ramón]]–. A partir de esa fecha, los gobernadores coloniales ostentaron el título oficial de "Presidente de la Real Audiencia", llamándose a sí mismos y siendo conocidos simplemente como "''Presidentes de Chile''",<ref>Debido a su mayor "dignidad" que presentaba el cargo de Presidente de la Audiencia, el tribunal real por antonomasia, frente al de gobernador y [[capitán general]] que también ostentaba.</ref> denominación que fue retomada tras la [[independencia de Chile|independencia]], con los "''Presidentes de la República''". Por lo anterior, se ha sostenido que durante más de cuatro [[siglo]]s Chile ha tenido un presidente como [[jefe de Estado]] o [[jefe de gobierno|de gobierno]], exceptuándose la época de la independencia y los períodos de interrupción institucional del [[siglo XX]].<ref name ="Bravo Lira0"/><ref name="Juntas"/>
 
[[Archivo:RamonFreire.jpg|thumb|170px|[[Ramón Freire]]]]
[[Archivo:ManuelBlancoEncalada.jpg|thumb|170px|[[Manuel Blanco Encalada]]]]
A inicios de la [[Patria Vieja (Chile)|Patria Vieja]], el gobierno del país estuvo a cargo de una serie órganos pluripersonales o colegiados llamados ''[[junta de gobierno de Chile|Juntas de Gobierno]]''.<ref>Salvo por el breve periodo en que el [[Primer Congreso Nacional de Chile|Primer Congreso Nacional]] asumió directamente el mando supremo del país, y sin perjuicio de la existencia, tras la promulgación del [[Reglamento para el Arreglo de la Autoridad Ejecutiva Provisoria de Chile de 1811|Reglamento de 1811]], de la ''[[Autoridad Ejecutiva Provisoria]]'', un órgano compuesto por tres miembros.</ref> Sólo el [[7 de marzo]] de [[1814]] se estableció una autoridad unipersonal como [[jefe de estado]] y [[jefe de gobierno|de gobierno]] del país, denominada "''[[Director Supremo]]''". Este cargo fue ejercido efectivamente por [[Francisco de la Lastra]] en 1814 y, tras la [[Reconquista (Chile)|Reconquista]], por [[Bernardo O'Higgins]] y [[Ramón Freire]].
 
El título de Director Supremo, que además estaba íntimamente ligado a la dirección del [[Ejército de Chile|Ejército]], fue creado legalmente por el [[Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814]] y contemplado, asimismo, por las [[Historia del constitucionalismo chileno|Constituciones]] de [[Constitución Provisoria para el Estado de Chile de 1818|1818]], [[Constitución Política del Estado de Chile de 1822|1822]] y [[Constitución Política y Permanente del Estado de Chile de 1823|1823]].
 
Ramón Freire, que había asumido el mando del país en [[1823]], en el mensaje de apertura del [[Congreso Nacional de Chile|Congreso]] de [[1826]], dio a conocer sus deseo de renunciar al cargo de Director Supremo, que luego reiteró en un oficio días más tarde. Ante ello, el Congreso suspendió sus labores referentes a la redacción de una [[Leyes Federales de 1826|constitución]], que en ese momento era su principal tarea, para tratar este asunto en las sesiones del [[7 de julio|7]] al [[8 de julio]]. En ellas, tras un debate, se tomaron los siguientes acuerdos: el jefe supremo del estado se denominaría en adelante "''[[Presidente de la República]]''", debiéndose elegir además un "''[[Vicepresidente|Vice-presidente]]''" que sustituyese al primero "''en los casos de enfermedad, ausencia y otros''"; la elección de ambos sería efectuada por el Congreso, por [[mayoría absoluta]] de votos; aquellos serían solo provisorios, y durarían en sus funciones hasta que "''dada la constitución del estado, se hiciera la elección de propietarios en la forma legal''".<ref name="BarrosArana15-A">{{cita libro| autor = [[Diego Barros Arana|Barros Arana, Diego]]| capítulo = Gobierno interino de Blanco Encalada| título = [[Historia General de Chile (Diego Barros Arana)|Historia General de Chile]]| año = 1897| editorial = Santiago de Chile: Imprenta Cervantes| id = Tomo XV, p. 33-34}}</ref>
 
El 8 de julio de 1826, el Congreso Nacional procedió a [[Elección presidencial de Chile (1826)|elegir al sucesor]] de Freire. En dicha elección resultó ganador [[Manuel Blanco Encalada]], quien asumió el mando al día siguiente, previo juramento ante el Congreso, convirtiéndose así en la primera persona en Chile que ostentaría oficialmente el título de "Presidente de la República" (''Presidente Provisional de la República''). El [[15 de febrero]] del [[1827|año siguiente]], Ramón Freire [[Elección presidencial de Chile (1827)|fue elegido]] como ''Presidente de la República''.<ref>Para un periodo que duraría hasta el [[1 de julio]] de 1829, "''día en que debían estar elegidos constitucionalmente'' [el presidente y vicepresidente]'', con arreglo a la constitución que debía darse''".</ref>
 
La figura de ''Presidente de la República'' fue incluida en la [[Constitución Política de la República de Chile de 1828|Constitución de 1828]] y mantenida por los siguientes textos constitucionales: de [[1833]], [[1925]] y [[1980]].
 
== Requisitos para desempeñar el cargo == son tontos
Los requisitos para ser Presidente de la República, de acuerdo a la [[Constitución Política de la República de Chile de 1828|Constitución de 1828]], el primer [[historia del constitucionalismo chileno|texto constitucional chileno]] en incorporar esta figura, eran los siguientes: ser [[ciudadano]] chileno de nacimiento y tener más de treinta años de edad.