Diferencia entre revisiones de «Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados»

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El decreto de creación de la COMAR estableció como sus objetivos principales, el estudio de los problemas y necesidades de la población refugiada, así como proporcionarles protección en contra de la devolución y asistencia después de obtenido el reconocimiento de la calidad de refugiado.Desde sus comiensos, la COMAR ha trabajado de cerca con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
 
Durante la década de los ochenta y noventa, la COMAR atendio exclusivamente al éxodo de refugiados centroamericanos establecidos mayoritariamente en campamentos ubicados en ellos estadoEstados de Chiapas; posteriormente en 1984 se reubicaran a, CampecheYucantan y Quinta Roo. La llegada masiva de miles de centroamericanos que escapaban del conflicto armado latente en su país durante esa época, significó para el gobierno en turno un gran reto. Los gobiernos centroamericanos solicitaban que México procesara el regreso de sus nacionales y cerrar la frontera ante nuevos arribos. LosSin Estados Unidos de Norteamérica por su parteembargo, presionaban para que el gobierno mexicano frenara la ola guerrillera. Sin embargo, México decidió abrir sus brazos y ofrecerpermitir la protecciónestancia y asistencia, para dar refugio ade todas las personas que habían llegado al país, apegandose ajustificaban su decidion en la tradición de asilo que México hahabía forjado desde su vida independientecocechado en ellos concierto de lasanos Nacionessetenta.
 
El gobierno de México, a través de la COMAR, conjuntamente con el ACNUR, reconoció en 1982 bajo la figuara de ''prima facie'' (declarar el status de refugiado) aproximadamente a 46,000 refugiados de origen guatemalteco. A partir de este momento, México asumió elcompetencias compromisoen internacional de ofrecerla protección y asistencia a las poblaciones refugiadas, de acuerdo a las Estatutos de los refugiados derivados de la Convención de 1951. Es importante señalar que debido a que en los anos ochenta aún no existía el termino de "refugiado" dentro de la legislación mexicana, la característica migratoria que fue concedida a dichas personas se llamó "visitantes fronterizos temporales (FM3 y FM8)".
 
En 1996, terminados los conflictos armados en Guatemala, y enbajo un marcoasesoría de cooperación con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Comunidad Europea, el gobierno de México anunció una nueva políticadisposición orientada a solucionar definitivamente el flagelo de los refugiados guatemaltecos. La disposición consisitio en abrir la posibilidad de regresar definitivamente a su país o naturalizarse como mexicano para permanecer definitivamente en México; a este Modelo el representante del ACNUR Luis Varese, lo denomino el Modelo mexicano de solución definitiva y duradera. Con ello, México implemento un programa de integración y de repatriación voluntaria, respetando, en todo momento, el principio de “No Devolución”.
Con ello, México implemneto un programa de integración y de repatriación voluntaria, respetando, en todo momento, el principio de “No Devolución”.
 
El gobierno mexicano paraPara apoyar la iniciativa dedel unala nueva política del gobierno mexicano, en materiaenero de refugio1997, se firmó en presencia de los Presidentes de México y de Guatemala, en enero de 1997, el Convenio Internacional de Cooperación para el Financiamiento, entre la Comunidad Europea y la República de México, con el objeto de contribuir a la implementación de la nueva política en materia de refugio, mediante el desarrollo del [[Proyecto de Apoyo a la Integración Definitiva]] (PAID).
 
El PAID estuvo representado en coresponsabilidad, de plenos poderes, por el Dr. [[Iván CARMONA]] y el Ing. Olivier LEVY, Codirector Nacional y Codirector Europeo, respectivamente.
 
Desde 2002, la COMAR funge como un órgano consultivo, encargado de realizar investigaciones necesarias ante el proceso individual de solicitud de refugio, así como omitir recomendaciones ante el Comité de Elegibilidad de Refugiados, integrado por funcionarios de distintas dependencias gubernamentales expertos en el tema. La investigación se basa en reportes internacionales de organismos de acción humanitaria y las recomendaciones se basan en los términos establecidos por la Convención de 1951 sobre el estatuto de los Refugiados, su Protocolo de 1967 así como en el artículo 41, facción VI de la Ley Generla de Población.
 
== Véase también ==