Diferencia entre revisiones de «Suscripción de acciones»

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Línea 1:
La '''suscripción de acciones''' o '''subscripción de acciones''' es un [[contrato]] por el cual una persona llamada ''suscriptor'', se compromete a entrar en la [[sociedad anónima]], en el plazo y condiciones estipuladas, el precio de una cierta cantidad de [[Acción (finanzas)|acciones]] adquiridas, y que en cuya virtud este adquiere la calidad de [[accionista]], debiendo la sociedad por su parte hacer entrega al suscriptor del título de acciones que acredite su participación en ésta.
 
Por otro lado, y, en línea con lo descrito líneas arriba, el '''Derecho de Suscripción Preferente (DSP)''' es el derecho de opción que presentan los socios (dentro de una sociedad mercantil personalista o de capital) frente a terceros interesados en suscribir acciones o participaciones que, con sus aportes, generarán un aumento del [[Capital social]]. El objetivo, por tanto, es respetar la proporción que tiene cada socio en el capital social, a efectos de que su participación no se vea disminuida por la ampliación de capital en base a la aportación de terceros.