Diferencia entre revisiones de «Sociedad»

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En el ámbito jurídico y económico una sociedad es aquella por la cual dos o más personas se obligan en común [[acuerdo]] a hacer aportes ( especie, dinero o industria ), con el ánimo de repartir entre sí las [[ganancia]]s. En este caso se denomina ''sociedad'' a la agrupación de personas para la realización de actividades privadas, generalmente comerciales. A sus miembros se les denomina ''[[socios]]''.
 
El concepto amplio de sociedad, en contraposición al concepto tradicional, entiende que esa puesta en común de [[bienes]], esa estructura creada entre dos o más personas, puede no estar destinada esencialmente a obtener un [[lucro]], no siendo este ánimo un elemento esencial del referido [[contrato]], por cuanto existen sociedades que pueden responder a un interés particular distinto de sus socios.
no crean en esto, esto esta malo
El concepto amplio de sociedad, en contraposición al concepto tradicional, entiende que esa puesta en común de [[bienes]], esa estructura creada entre dos o más personas, puede no estar destinada esencialmente a obtener un [[lucro]], no siendo este ánimo un elemento esencial del referido [[contrato]], por cuanto existen sociedades que pueden responder a un interés particular distinto de sus socios.
 
{{VT|Sociedad civil (Derecho)|Sociedad mercantil|Asociación (Derecho)}}