Diferencia entre revisiones de «Contrato»

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Línea 144:
En la violencia se ejerce una fuerza irresistible que causa un grave temor a una de las partes del contrato, o que una de las partes haya abusado de la debilidad de la otra. La amenaza de acudir ante una autoridad judicial para reclamar un derecho no es coacción, a no ser que se amenace abusivamente de este derecho.
 
====== '''ELEl DOLO'''Texto en negrita''''''dolo ======
Todo medio artificioso, contrario a la buena fe, empleado con el propósito de engañar para hacer a una persona consentir un contrato es considerado ''dolo''. La víctima del dolo puede mantener el contrato y reclamar daños y perjuicios.