Diferencia entre revisiones de «Pacto Federal (Argentina)»

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[[Image:Bandera argentina buenos aires argentina 1852.png|thumb|right|300px|[[Bandera de Argentina|Bandera]] usada en las provincias del Pacto Federal hacia 1857]]
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El '''Pacto Federal''' fue un tratado suscripto en la ciudad [[argentina]] de [[Santa Fe (capital)|Santa Fè]] el [[4 de enero]] de [[1831]] por las [[Provincias de Argentina|provincias]] de [[Provincia de Buenos Aires|Buenos Aires]], [[Provincia de Entre Ríos|Entre Ríos]] y [[Provincia de Santa Fe|Santa Fe]], en el que se constituía una alianza ofensiva y defensiva entre las provincias [[federalismo|federales]] para hacer frente a la recientemente formada [[Liga Unitaria]]. Posteriormente adhirió al pacto la provincia de [[Provincia de Corrientes|Corrientes]], incorporando su diputado el [[19 de agosto]] de [[1831]].
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==Discusiones previas==
CHOTTTTTTTTTTTTTTTOS[[PUTETES]]
La primera reunión entre las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y Buenos Aires, con motivo de concretar una alianza, se realizó en [[Santa Fe (Argentina)| Santa Fe]] el [[20 de julio]] de [[1830]]. Contó con la presencia de los [[diputado]]s [[Domingo Cullen]] por [[Provincia de Santa Fe| Santa Fe]], [[Diego Miranda]] por [[Entre Ríos]], [[Pedro Ferré]] por [[Provincia de Corrientes| Corrientes]] y [[José María Roxas y Patrón]] por [[Provincia de Buenos Aires| Buenos Aires]].
===Proyectos de tratado===
[[Imagen:Roxas_y_Patron.JPG|thumb|150 px|José M. Roxas y Patrón]]
Se decidió confiar a Roxas y a Ferré la redacción de un proyecto de tratado. El diputado correntino planteó tres puntos:
*Que debía permanecer la representación de las provincias ligadas, hasta tanto se organizase la nación, con atribuciones determinadas
*Que esa misma representación debía hacer lo imposible para conseguir la organización general del país
*Que la misma representación arreglase el comercio extranjero y la navegación de los ríos
 
Roxas y Patrón se opuso a estas ideas, alegando no poseer las facultades para tratar esas cuestiones, por lo que el [[24 de julio]] el diputado por Buenos Aires presentó su proyecto de tratado. En un [[memorándum]] explicativo señalaba que era cierto que los habitantes de las demás provincias debían pagar, en la [[aduana]] de [[Ciudad Autónoma de Buenos Aires| Buenos Aires]] el precio de lo que consumían y además los derechos de exportación de productos. Pero alegaba que Buenos Aires afrontaba la deuda nacional, velaba por la seguridad en las costas y vigilancia del [[río]], mantenía agentes y [[Cónsul (servicio exterior)|cónsules]] en países extranjeros, atendía las relaciones exteriores y respondía a los perjuicios causados por los [[corsario]]s de la república. Ferré le contestó con otro memorándum donde criticaba la libre importación de productos y la exclusividad del puerto de Buenos Aires, bases del comercio de esa época. Proponía la habilitación de otros puertos, entre ellos el de [[Santa Fe (Argentina)| Santa Fe]], la prohibición de la importación de algunos productos y que los ingresos de la aduana beneficiasen a todas las provincias.
 
En su proyecto Ferré proponía que la comisión de diputados de todas las provincias tuviera a su cargo las tareas de hacer la paz y declarar la guerra, organizar los ejércitos, decidir la utilización de los fondos para sostener a éstos e invitar a todas las provincias a un congreso general que las organizara y declarara una [[constitución]]. Hasta que llegara ese momento, la comisión atendería el [[comercio exterior]], regularía la navegación de los ríos [[Río Paraná| Paraná]] y [[Río Uruguay| Uruguay]] y promovería el desarrollo industrial. Roxas y Patrón permaneció inflexible y Ferré optó por retirarse de las negociaciones.
 
===La firma===
Rosas envió instrucciones a Roxas y Patrón para que aceptara la constitución de una comisión compuesta por un diputado por cada una de las provincias litorales. El gobernador santafesino [[Estanislao López]] comunicó a sus colegas de Entre Ríos y Corrientes que nombraran sus representantes para continuar con la labor. Finalmente los representantes de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos lograron ponerse de acuerdo y firmaron el [[4 de enero]] de [[1831]] el '''Pacto Federal'''. Corrientes se adhirió al tratado más tarde, incorporando su diputado el [[19 de agosto]] de [[1831]] a la comisión representativa de los gobiernos de las provincias [[litoral argentino|litorales]] creada por el pacto y establecida en la ciudad de [[Santa Fe (Argentina)| Santa Fe]].
 
==Repercusiones del pacto==
La firma del pacto provocó ciertas repercusiones entre las provincias y se establecieron ciertos mandatos que debían cumplirse. Ellos eran:
 
*Se obligaban a resistir cualquier invasión extranjera al territorio de alguna de las provincias contratantes, o de cualquiera de las otras que componían el Estado Argentino.
*Constituían un alianza ofensiva y defensiva contra toda agresión por parte de las demás provincias de la república, que amenazara la integridad e independencia de sus territorios.
*No podían celebrar tratados particulares sin previa aceptación de las demás provincias, pero no lo negarían, siempre que no perjudicara al interés general.
*Prometían no dar asilo a ningún criminal que huyera de las otras dos por delito cualquiera que sea, y ponerlo a disposición del gobierno respectivo que lo reclame como tal.
*Permitían la libre entrada y salida de las personas o frutos de una provincia a otra por vía fluvial o terrestre sin que se apliquen impuestos de ninguna índole.
*Todos poseían los mismos privilegios, salvo desempeñar la gobernación, en cuyo caso deberían ser nacidos en la provincia en la cual ejerciesen como gobernador.
*Las provincias podrían asociarse a la liga de las provincias del litoral bajo las mismas condiciones que las primeras y con previa aceptación de éstas.
*En caso de ser atacada una de las firmantes, seria socorrida por las otras cuyas fuerzas estarían bajo el gobierno local.
 
==Posteriores adhesiones==
Durante el mismo año [[1831]] y a lo largo de [[1832]] se fueron produciendo las adhesiones de las demás provincias argentinas.
 
*[[Provincia de Mendoza|Mendoza]] el [[9 de agosto]] de [[1831]]
*[[Provincia de Córdoba (Argentina)|Córdoba]] el [[21 de agosto]] de [[1831]]
*[[Provincia de Santiago del Estero| Santiago del Estero]] el [[12 de marzo]] de [[1832]]
*[[Provincia de La Rioja (Argentina)| La Rioja]] el [[12 de agosto]] de [[1832]]
*[[Provincia de Tucumán| Tucumán]] el [[18 de octubre]] de [[1832]]
*[[Provincia de Salta| Salta]] el [[4 de julio]] de [[1832]]
*[[Provincia de San Luis| San Luis]] el [[12 de julio]] de [[1832]]
*[[Provincia de Catamarca| Catamarca]] el [[1 de septiembre]] de [[1832]]
*[[Provincia de San Juan| San Juan]], aunque indirectamente, el [[3 de mayo]] de [[1832]].
==El pacto como constitución==
A su vez, el Pacto Federal funcionó en los hechos como [[Constitución]] de Argentina hasta la sanción de la [[Constitución Argentina de 1853|Constitución Nacional]] en [[1853]]. Si bien estaba planeada la formación de un Congreso Constituyente, la iniciativa se fue postergando por la negativa de [[Juan Manuel de Rosas]], hombre fuerte del Pacto, [[Gobernadores bonaerenses|gobernador]] de Buenos Aires y representante de [[Relaciones internacionales|Relaciones Exteriores]] de la entonces [[Confederación Argentina]]. No fue sino hasta su derrocamiento en [[1852]] a manos del [[Ejército Grande]] de [[Justo José de Urquiza]] que se convocó al Congreso General Constituyente que reafirmó la forma de gobierno "''republicana, representativa y federal''".
==Véase también==
*[[Liga Federal]]
*[[Confederación Argentina]]
*[[Juan Manuel de Rosas]]
 
==Enlaces externos==
{{wikisource|Pacto Federal (1831)|Pacto Federal}}
 
[[Categoría:Conflicto entre unitarios y federales]]
[[Categoría:Tratados Interprovinciales]]
 
[[en:Pacto Federal]]
[[it:Pacto Federal]]