Diferencia entre revisiones de «Principio de presunción de inocencia»

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El '''principio de inocencia''' o '''presunción de inocencia''' es un [[principio jurídico]] penal que establece la inocencia de la persona como regla. Solamente a través de un proceso o [[juicio]] en el que se demuestre la [[culpabilidad]] de la persona, podrá el Estado aplicarle una pena o sanción.
 
Se da tanto en el Orden penal como en el sancionador(Administrativo).
 
Es "Iuris Tantum", se necesita de una actividad probatoria para poder anular la presunción de inocencia. Esa prueba tiene que ser suficiente y de cargo, es decir, tiene que demostrar que el hecho que se imputa existe y que quién lo ha cometido es el acusado. La valoración de estas pruebas debe hacerse obligatoriamente por los tribunales ordinarios.
 
La contracara de la presunción de inocencia son las [[medidas precautorias]] como la prisión preventiva. En el [[derecho penal]] moderno solamente se admiten medidas precautorias cuando hay riesgo de fuga o peligro cierto de que la persona afecte la investigación del hecho de forma indebida.