Diferencia entre revisiones de «Flor nacional de Argentina»

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La '''Flor nacional de [[Argentina]]''' es el '''ceibo''', cuyo nombre científico es ''[[Erythrina crista-galli]]''. El [[23 de diciembre]] de [[1942]] mediante el decreto 13.847 del [[Política de Argentina#Poder Ejecutivo|Poder Ejecutivo]] fue declarada como tal. Al ceibo también se lo conoce por los nombres de '''seibo''', '''seíbo''', '''gallito''' o '''bucaré'''. También es la flor nacional del [[Uruguay]].
 
== Motivos de la designación en Argentina ==
== Motivos de la designación en Argentina == Para designar a la flor nacional el Ministerio de Agricultura designó una comisión especial que propuso al ceibo como flor nacional. Entre otros considerandos, el decreto 13.847 resalta como motivos de la elección: * ''Que la flor del seibo ha merecido la preferencia de gran número de habitantes de distintas zonas del país, en las diversas encuestas populares promovidas por órganos del periodismo y entidades culturales y científicas.'' * ''Que estas circunstancias han determinado el conocimiento de la flor del seibo en casi todos los países de Europa y América, donde ya figura, en virtud de dichos antecedentes, como representante floral de la República Argentina.'' * ''Que la flor del seibo, cuya difusión abarca extensas zonas del país, ha sido evocada en leyendas aborígenes y cantada por poetas, sirviendo también de motivo para trozos musicales que han enriquecido nuestro folklore, con expresiones artísticas de hondo arraigo popular y típicamente
Para designar a la flor nacional el Ministerio de Agricultura designó una comisión especial que propuso al ceibo como flor nacional.
 
Entre otros considerandos, el decreto 13.847 resalta como motivos de la elección:
* ''Que la flor del seibo ha merecido la preferencia de gran número de habitantes de distintas zonas del país, en las diversas encuestas populares promovidas por órganos del periodismo y entidades culturales y científicas.''
* ''Que estas circunstancias han determinado el conocimiento de la flor del seibo en casi todos los países de Europa y América, donde ya figura, en virtud de dichos antecedentes, como representante floral de la República Argentina.''
* ''Que la flor del seibo, cuya difusión abarca extensas zonas del país, ha sido evocada en leyendas aborígenes y cantada por poetas, sirviendo también de motivo para trozos musicales que han enriquecido nuestro folklore, con expresiones artísticas de hondo arraigo popular y típicamente autóctonas.''
* ''Que el color del seibo figura entre los que ostenta nuestro escudo, expresión de argentinidad y emblema de nuestra patria.''
* ''Que además de poseer el árbol del seibo, por su madera, aplicaciones industriales, su extraordinaria resistencia al medio y su fácil multiplicación han contribuido a la formación geológica del delta mesopotámico, orgullo del país y admiración del mundo.''
* ''Que diversas instituciones oficiales, civiles y militares, han establecido la plantación del seibo al pie del mástil que sustenta nuestra bandera, asignándole así un carácter simbólico y tradicionalista.''
* ''Que por otra parte no existe en la República una flor que encierre características botánicas, fitogeográficas, artísticas o históricas que hayan merecido la unanimidad de las opiniones para asignarle jerarquía de flor nacional, por lo que las predilecciones, como se ha puesto de manifiesto en las encuestas y concursos llevados a cabo.''
* ''Que además no existe la posibilidad de que una determinada planta abarque sin solución de continuidad toda la extensión del país por la diversidad de sus condiciones climáticas y ecológicas.''
 
== La leyenda del ceibo ==