Diferencia entre revisiones de «Usufructo en España»

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== Características del usufructo ==
El usufructo es un [[derecho real]], lo cual implica que el titular puede hacerlo valer contra cualesquiera personas (no es un derecho frente a una persona determinada, sino un derecho que se tiene "erga omnes"; es decir, frente a todas las demás personas en general, que han de respetarlo). El propietario puede vender la cosa, y el usufructuario seguirá en su posición, aunque el dueño cambie.
 
mi abuelo es malo xq tiene ese derecho con mi finca.
El usufructo es esencialmente un derecho temporal, destinado a extinguirse: puede ser por un tiempo determinado o estar sometida su subsistencia al cumplimiento de una condición, o ser vitalicio; no están permitidos los usufructos eternos, por lo que la ley española limita a 30 años los usufructos a favor de personas jurídicas. Un usufructo perpetuo despojaría de contenido efectivo el derecho de dominio que conserva el nudo propietario, por lo que la naturaleza del usufructo requiere que tenga término y los derechos derivados de la propiedad vuelvan a ésta en algún momento, lo que se denomina consolidación de la propiedad. Es un [[derecho]] muy habitual en [[herencia (derecho)|herencias]], dado que tiene la característica de que da protección al [[cónyuge]] (tiene el uso y disfrute de por vida) sin afectar a los derechos hereditarios de los descendientes, que acabarán con el tiempo adquiriendo su herencia.