Diferencia entre revisiones de «Feudo»

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==El feudo se vincula a la nobleza==
Aunque en origen el señor (por ejemplo, el rey) retenía la capacidad de retirar el feudo a su vasallo (por ejemplo, un conde), el feudo en la práctica se fue haciendo vitalicio y hereditario, pasando a convertirse en el [[patrimonio]] de una familia noble. No conviene utilizar el término [[propiedad]] para esta relación, más propiamente [[vinculación]]. Los derechos plenos de propiedad no son propios de la Edad Media (ni siquiera del Antiguo Régimen), sino del [[Derecho Romano]] o del [[Estado Liberal]]. El señor que lo da, y su vasallo noble que lo recibe, comparten de alguna manera algún tipo de derecho de [[dominio]] sobre el feudo (que podría llegar hasta la teórica reversión al señor en caso de [[felonía]] o incumplimiento de la [[fidelidad]] debida, o de la liberación de toda obligación para el vasallo en felonía por parte del señor), del mismo modo que el señor y su siervo campesino también comparten el dominio sobre la tierra ([[dominio útil]] y [[dominio eminente]]).
Aunque en origen el la papa d4e la carmela canta papateando y coseando ña futamara cosita rica con la floresirta de verdad del popi
 
==El feudo, unidad económica==
La manera de explotar económicamente el feudo, en su manera "clásica", en los siglos de la [[Alta Edad Media]], en que no había casi circulación monetaria y muy escasa comercialización de los [[excedente]]s, consistía en repartir la tierra en dos porciones: la '''reserva señorial''' y los '''mansos'''. Cada manso era entregado a un [[campesino]], que se [[encomendación|encomendaba]] (''[[commendatio]]'') al señor (bien libremente o bien forzosamente), pasando a convertirse en su [[siervo]]. En latín ''[[servum]]'' podría traducirse por [[esclavo]] (''[[ancilla]]''), pero en realidad en la época feudal la utilización de mano de obra esclava en la agricultura no era dominante. La condición jurídica del siervo tampoco era de libertad, puesto que estaba ligado a la tierra que trabajaba. Eso sí, disponía del producto de su manso, que cultivaba a su criterio y del que obtenía lo necesario para su [[subsistencia]] (en términos del [[materialismo histórico]], la [[reproducción]] de su [[fuerza de trabajo]]). Los días que fijara la [[costumbre]] ([[corvea]] en Francia, [[serna]] en [[Castilla]]) debía trabajar obligatoriamente en la reserva señorial. Ese trabajo excedente es la forma de obtener el excedente por parte del señor, que se beneficiará del producto de esa reserva ([[apropiación]] del excedente por [[coerción extraeconómica]], en esos mismos términos, que define el [[modo de producción feudal]]).