Diferencia entre revisiones de «Derechos humanos»

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Por su parte, para las teorías dualistas –las que otorgan importancia tanto al fundamento moral de los derechos como a su positivación– los conceptos de derechos humanos y derechos constitucionales tendrían un contenido equivalente. [[Luigi Ferrajoli]] considera, en su teoría del garantismo jurídico, que, siendo los derechos constitucionales o fundamentales los reconocidos en la Carta Magna de los Estados, los derechos humanos son aquellos que se reconocen a todos, independientemente de su [[ciudadanía]] y su [[capacidad de obrar]]: la constitución de un país, por ejemplo, puede otorgar derechos a sus ciudadanos que no abarquen a los no nacionales (por ejemplo, el [[sufragio universal|derecho al voto]]). En ese caso se trataría de derechos constitucionales que se reconocen al ciudadano, pero no podrían ser derechos humanos si no se reconoce a todas las personas sean de la condición que sean.
 
en esta vida todos los seres humanos tenemos derechos ,y debemos ser respetados por los demas
 
== Clasificación generacional de derechos humanos ==