Diferencia entre revisiones de «Bien común»

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{{otros usos|bien común (economía)|el concepto económico de [[riesgo moral]]}}
'''al urra le gusta el pico'''
{{otros usos|bien comunal|el concepto de [[comunitarismo|propiedad común]]}}
 
'''Bien común''' es el conjunto de condiciones de la vida social que permiten que las asociaciones y cada uno de sus miembros alcancen de manera más fácil e íntegra la perfección que les corresponde.
 
 
 
No es la suma de los bienes de cada uno de los miembros de la [[sociedad]] ya que es indivisible y solo con la colaboración de todos puede ser alcanzado, aumentado y protegido.<ref>Esta definición se toma de la que aparece en el [http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/justpeace/documents/rc_pc_justpeace_doc_20060526_compendio-dott-soc_sp.html#Significado%20y%20aplicaciones%20principales Compendio Doctrina Social de la Iglesia, 164].</ref> Afecta a la vida de todos. Exige la prudencia por parte de cada uno, y más aún por la de aquellos que ejercen la autoridad.<ref>Cf. CIC, n. 1906; cfr. GS, n. 26,1; 74, 1; cfr. MM, n.65; cf. PIO XII, Radiomensaje Navidad 1942 Con sempre nuova (24-XII-1942): AAS 35 (1943) 13.</ref>