Diferencia entre revisiones de «Orden público»

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Línea 1:
El '''Orden público''' se define comúnmente como "un conjunto de principios e instituciones que se consideran fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico". Sin embargo, en este definición amplia cabe toda clase de fenómenos jurídicos (los [[principios generales del derecho]], la [[constitución]] política de cada Estado, la [[costumbre jurídica]], el [[ius cogens]], etc.). porqe?
 
En realidad, el orden público tiene para el derecho múltiples manifestaciones, según sea el área en que se lo analice. En términos muy generales puede decirse que integra el orden público todo aquello que viene impuesto por la autoridad a las personas y que actúa como límite a su libertad.