Diferencia entre revisiones de «Auto judicial»

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Dado que el auto es una resolución decisoria, en la mayoría de los casos es posible impugnarlo mediante la interposición de un [[recurso judicial]].
 
Al auto judicial también se le denomina '''sentencia interlocutoria''', que se refiere a toda aquella decisión judicial que resuelve una controversia incidental suscitada entre las partes en un [[juicio]]. Se distingue de la [[sentencia judicial|sentencia definitiva]] en que ésta resuelve el asunto principal objeto del litigio. En este sentido, la razón por la que se denomina ''interlocutoria'' es porque sus efectos jurídicos en relación con las partes son provisionales, en el sentido de que pueden modificarse sus consecuencias a través de la
 
== Véase también ==
* [[Equivalente jurisdiccional]]
 
[[Categoría:Derecho procesal]]