Diferencia entre revisiones de «Derecho natural»
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Línea 4:
Eso supone que los seres humanos compartimos unas características comunes, una naturaleza o esencia: unas características físicas y químicas, biológicas, psicológicas, sociales y culturales, espirituales (racionalidad, por ejemplo), .... . Eso hace que las formas de vida que podemos vivir y las formas de vida que podemos vivir satisfactoriamente no sean ilimitadas debido a nuestras necesidades.
Habitualmente, una objeción
Pese a ello, eso no quiere decir que la teoría del derecho natural suponga, necesariamente, que hay una sola forma de vida correcta para los seres humanos. Y, en consecuencia, el derecho natural no es un conjunto único de normas que no tolera la diversidad en el significado de "vivir lo mejor posible".
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